“Estamos machacados y fastidiados por la sentencia”. Así se ha explicado el abuelo de la niña al conocer la sentencia que absuelve al guardia civil al que denunció por supuestas agresiones sexuales a la menor en el cuartel de Puebla de Sanabria, en julio de 2019, donde la menor vive con su familia. El abogado de la niña ya estudia el fallo de la Audiencia Provincial para plantearse el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. El tutor legal de la niña, que exponía “el vacío total” que se les está haciendo en el acuartelamiento de Sanabria, insistía en que tanto él como su mujer “creemos a la niña”, mientras que subrayaba “la valoración psicológica que se le hizo y que pensamos que sería favorable en el juicio”, ya que “los servicios psicológicos de la Guardia Civil, del Emume, nos dijeron que no mentía, que denunciáramos, como así hicimos”. La menor, que tiene ahora 11 años, muestra una actitud más descontrolada desde el día en que la Audiencia decretó la libertad provisional del acusado, de iniciales R. A.M., explica su abuelo. Incluso ha llegado a preguntarle que “de qué sirve denunciar”. El tutor sostiene que “la niña no sabe de fechas ni de mandos, pero ha dicho la verdad”.

Los hechos

La fama de “mentirosa” de la menor de 9 años que acusó a un guardia civil de Puebla de Sanabria de haberle obligado a realizarle cuatro felaciones en la vivienda de él en julio de 2019, junto a la falta de “pruebas objetivas” que corroboraren que el acusado, de iniciales R.A.M., pidió relevos en el puesto de puertas que ocupaba para ir a su casa a estar con la niña han llevado a la Audiencia Provincial a absolver al procesado. La sentencia indica que entre el 17 y 27 de julio, cuando la niña sitúa las agresiones, el procesado “bien estaba de descanso, bien estaba prestando servicio de patrulla fuera del cuartel” o de puertas pero “en otro turno diferente”. La sentencia podría ser recurrida en los próximos días tanto por la familia de la niña como por la Fiscalía Provincial, que exigían 48 años de cárcel, y estudian ya minuciosamente el contenido de la misma para decidir si acuden ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Los magistrados aplican el “in dubio pro reo”, el principio que favorece al imputado cuando existen dudas de que haya podido cometer el delito, al dar prevalencia a los testimonios de la directora del colegio y de un profesor de la menor que apuntaron en el juicio mentía sobre “hechos trascendentes”, como ocurrió cuando un profesor fue expedientado por acusaciones graves que la menor le imputó, expediente que se archivó al final “por la falsedad de lo denunciado”.

Una experiencia real

Los magistrados, no obstante, reconocen la “declaración persistente en el tiempo” de la menor “sobre el núcleo esencial de los hechos” denunciados, “sin contradicciones” e incluso mencionan a “algunos informes periciales”. En concreto, de los médicos forenses y de la psicóloga y trabajadora social del Instituto de Medicina Legal, que llegan a la “conclusión de que la declaración de la menor es fruto de una experiencia vivenciada y no de una experimentación indirecta (inducida, fabulación, intencionalmente falso o producto de la imaginación)”. Sin embargo, los magistrados reiteran que el testimonio de la niña sobre las fecha, horas y personas que estuvieron con ella antes de suceder las supuestas agresiones o los agentes que relevaron y avisaron al acusado para que volviera a su puesto de puertas fueron “desmentidas por otras pruebas”, en referencia a los testimonios de los guardias.

De igual modo, la sentencia destierra que los abuelos de la menor emprendieran las acciones judiciales por estar en una situación económica delicada, argumento de la defensa del guardia civil que los magistrados tildan de “absurdo” porque “no hay datos que permitan inferir el conocimiento que tenía la menor de la situación económica de su familia para mentir en un asunto de tanta gravedad”. La desproporción entre el alcance de la gravedad de la denuncia, sus consecuencias para el denunciado y por lo incierto del resultado económico para la familia. Otro de los aspectos que hacen dudar a los magistrados de la culpabilidad del imputado es que “el acceso a la vivienda donde reside es visible desde otros pabellones del cuartel”, lo que no encajaría con lo declarado por la niña cuando indicó que la mandaba salir por la parte de atrás del pabellón en el que residía el acusado para no ser vista por nadie. A pesar de que tanto guardias como profesores y testigos describieran a una niña que “mentía, chantajeaba”, el fallo descarta que denunciara al guardia en venganza “porque no le diera las gominolas prometidas”, sería una mentira “desproporcionada” con el grave delito y que “se habría limitado” a la supuesta primera felación.