Los colegios e institutos deberán elaborar un plan de digitalización de cara al inminente curso 2020-2021, dentro de las medidas presentadas en el protocolo de prevención y organización del regreso a la actividad lectiva, adoptado por la Junta de Castilla y León. Serán los equipos directivos de los centros los encargados de la elaboración de estos informes, que deberán incluir “los medios a utilizar, los materiales didácticos, las herramienta de comunicación entre los centros, alumnado y familia en este escenario, así como la formación específica del profesorado y el alumnado”, se detalla en el protocolo.

Se trata de un plan que deberá ser remitido al área de inspección correspondiente para su supervisión antes del 30 de septiembre.

En el documento, además, se incluirá un registro de los recursos digitales de los que disponga el propio centro, el profesorado y el alumnado ante la eventualidad de que un nuevo brote de COVID-19 pueda llevar a la suspensión de la actividad educativa presencial. Además, será obligación de los centros el identificar a aquellos alumnos que no dispongan de los recursos digitales suficientes para afrontar un proceso de enseñanza en modalidad a distancia y articularán las medidas “para compensar estas necesidades”.

Los centros también implantarán aulas virtuales, “en el caso de que no dispongan de ellas, ajustadas a los contenidos de las programaciones didácticas y a los contenidos de las diferentes asignaturas, incluyendo los correspondientes materiales didácticos”.

El protocolo también hace hincapié en los procesos de evaluación de los aprendizajes del alumnado, subrayando que “todas aquellas medidas de carácter educativo que se adopten permitirán y favorecerán los procesos de evaluación continua”. Además, en la medida de lo posible, las pruebas de evaluación con mayor peso en las calificaciones “se llevarán a cabo de manera presencial y, en caso de suspensión de actividad lectiva, se aplazarán hasta la vuelta a la actividad presencial, o serán sustituidas por trabajos u otras tareas autónomas a realizar por el alumno, siempre que sea posible y que permitan al profesorado evaluar el nivel de desarrollo competencial del alumno”, se explica.

Todas las medidas recogidas en el protocolo serán objeto de supervisión y seguimiento por la Inspección de Educación, cuyos miembros asesorarán a los centros “para su efectiva puesta en práctica”.

PROGRAMAS DE CONTINGENCIA PARA ASEGURAR LA ACTIVIDAD EDUCATIVA PESE A LA PANDEMIA

El protocolo de prevención también contempla la realización de planes de contingencia para el supuesto de producirse nuevos brotes de la pandemia a lo largo del curso “que requieran la suspensión de la actividad educativa presencial y al objeto de lograr una adecuada continuidad de los procesos de enseñanza-aprendizaje”. Estos planes implican la redacción alternativa o complementaria de los diferentes apartados de los documentos oficiales del centro que pudieran verse afectados. Estos planes deberán incluir desde elementos de carácter organizativo —el plan de uso de espacios, el horario semanal del centro o las estrategias de refuerzo—, de carácter pedagógico —ajuste de la propuesta curricular, estrategias para la acción tutorial o de atención a la diversidad— o elementos de carácter tecnológico, con la concreción del plan de digitalización. Este plan será elaborado por el equipo directivo, en colaboración de los órganos de coordinación didáctica, y deberá informarse del mismo al claustro y al consejo escolar, formando parte de la programación general anual y remitido a la Dirección Provincial de Educación antes del 30 de septiembre.