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Amor en la oficina: ¿¡puede una empresa obligarte a revelar una relación sentimental con un compañero?

Expertos de la UOC explican qué ocurre cuando una relación de pareja afecta al clima laboral, a la jerarquía o deriva en un conflicto

Imagen de archivo de un local de intercambio de parejas.

Imagen de archivo de un local de intercambio de parejas. / SUCESOS

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Las relaciones sentimentales entre compañeros de trabajo son una realidad habitual en muchas empresas y, con ellas, surgen preguntas sobre hasta dónde puede llegar el control empresarial y dónde comienza el derecho a la intimidad. La Universitat Oberta de Catalunya (UOC) aborda esta cuestión de la mano de especialistas en derecho laboral y recursos humanos.

La UOC recuerda el caso ocurrido hace un año en una empresa tecnológica de Estados Unidos, cuando una relación entre dos directivos salió a la luz tras aparecer ambos en la pantalla de un concierto de Coldplay. La compañía anunció posteriormente la dimisión del consejero delegado y la suspensión de la directora de Recursos Humanos. Los expertos señalan que una reacción similar podría no ser posible en España, donde la normativa protege especialmente la intimidad de los trabajadores.

Además, la universidad recoge datos de InfoJobs que indican que el 23 % de los trabajadores españoles reconoce haber mantenido una relación sentimental en su lugar de trabajo. El 56 % considera que forma parte de su ámbito privado y no debería comunicarse a la empresa, mientras que solo un 20 % lo haría si existiera una relación jerárquica. También destaca que el 48 % desconoce las directrices de su empresa sobre este asunto.

El derecho a la intimidad y los límites de la empresa

El profesor colaborador de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC Miguel Arenas explica que las empresas no pueden sancionar a un trabajador por no informar de su vida sentimental. Recuerda que el artículo 18.1 de la Constitución protege el derecho a la intimidad y que la jurisprudencia rechaza la existencia de un deber general que obligue a supeditar la vida privada a los intereses de la empresa.

La profesora colaboradora de los Estudios de Economía y Empresa de la UOC Meritxell Beltrán considera, no obstante, que mantener una relación en secreto durante mucho tiempo puede generar desgaste emocional en las personas implicadas. También apunta que un código interno puede servir para fomentar la transparencia, siempre dentro de los límites legales, y defiende que los departamentos de Recursos Humanos realicen encuestas periódicas sobre el clima laboral.

Cuando existe una relación jerárquica

La UOC señala que la gestión se complica cuando la relación se produce entre personas con distintos niveles de responsabilidad. Beltrán indica que pueden aparecer dudas sobre posibles favoritismos y afectar a la confianza del resto del equipo.

En esos casos, Arenas explica que una reubicación solo puede realizarse dentro de los límites previstos por el Estatuto de los Trabajadores. Si implica cambios relevantes en las condiciones laborales, deberá tramitarse como una modificación sustancial con las garantías previstas por la normativa.

El riesgo tras una ruptura

Los expertos de la UOC también advierten de que una ruptura sentimental puede trasladar el conflicto al ámbito laboral. Beltrán afirma que algunos casos de acoso laboral aparecen después del fin de una relación o de una amistad muy estrecha, por lo que considera necesario aplicar los protocolos de prevención del acoso.

Por su parte, Arenas recuerda que, si la empresa conoce una situación de acoso derivada de una ruptura y no actúa para impedirla, puede incurrir en una infracción muy grave conforme a la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Los especialistas concluyen que las relaciones sentimentales en el trabajo son una realidad difícil de evitar y sostienen que intentar prohibirlas no impide que existan, sino que puede favorecer que permanezcan ocultas, por lo que apuestan por la transparencia voluntaria y la prevención de riesgos psicosociales.

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