Hasta 5 años más de cotización: así puedes conseguirlos según la Seguridad Social
Los solicitantes deben demostrar que realizaron prácticas no remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011

DETALLE DE LA FACHADA DEL EDIFICIO DEL INSS CON LOS CARTELES INFORMATIVOS. SEDE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS) / JOSE LUIS FERNANDEZ / OPZ
J.F.
Las prácticas son una parte importante de la formación, ya que conectan la teoría académica con el mundo laboral. Durante este periodo, los estudiantes pueden adquirir experiencia, aplicar los conocimientos que han aprendido y desarrollar nuevas habilidades, entre otros beneficios.
No obstante, algunos profesionales no llegaron a cotizar sus prácticas en la Seguridad Social. Desde el 1 de enero de 2024, los alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas tienen derecho a cotizarlas en la Seguridad Social.
Además, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado una nueva normativa para que los becarios que no cotizaron sus prácticas puedan sumar hasta un lustro adicional a sus cotizaciones.
Con este cambio, los trabajadores que cumplan con los requisitos podrán añadir un máximo de cinco años extra a su cotización. En España, los contribuyentes que quieran acceder a la pensión contributiva deben cotizar un mínimo de 15 años.
Buenas noticias para los becarios con prácticas no remuneradas: A partir de ahora empezarán a cotizar / .
En este contexto, los empleados que quieran solicitar su jubilación a los 65 años sin coeficiente reductor, deben haber cotizado un mínimo de 38 años. En caso contrario, la edad de jubilación llega hasta los 66 años y 8 meses.
De esta forma, los solicitantes deben demostrar que realizaron prácticas no remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011. La regla tiene como objetivo compensar a los becarios que tuvieron una laguna en su vida laboral debido al programa de formación.
Es clave que los ciudadanos cumplan con los requisitos mencionados en la Ley General de la Seguridad Social y Real Decreto Legislativo 8/2015. Además, también podrán acogerse a la normativa los titulados universitarios que hayan finalizado un programa de doctorado antes del 4 de febrero de 2006.
Sin embargo, cabe señalar que la solicitud de reconocimiento no es gratuita. Los empleados tendrán que asumir el coste de las cotizaciones, según la base mínima para el grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social, al momento de realizar las prácticas.
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