Hacienda cambia las reglas: estos jubilados se libran de hacer la declaración de la renta
Quienes cobren menos de 22.000 euros al año podrán evitar el trámite, aunque hay excepciones que conviene revisar antes de darlo por hecho

Archivo - Una persona cumplimenta la declaración de la Renta / Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
R.G.
Cada año, miles de jubilados se hacen la misma pregunta: ¿tengo que hacer la declaración de la renta o puedo librarme? La duda es lógica, sobre todo cuando los ingresos ya no vienen de un sueldo, sino de una pensión.
Aun así, la normativa no deja lugar a interpretaciones y fija unos límites muy concretos que marcan quién está obligado a pasar por Hacienda y quién no. Tenerlos claros no es solo una cuestión de tranquilidad, también evita sustos en forma de errores o posibles sanciones.
Estos jubilados se libran de la Declaración de la Renta
En líneas generales, los jubilados que perciben menos de 22.000 euros anuales procedentes de un único pagador no tienen la obligación de presentar la declaración de la renta.
En la mayoría de situaciones, suele ser la Seguridad Social. Por tanto, si la pensión no supera ese límite y no hay otros ingresos significativos, no es necesario hacer el IRPF. Aun así, existe la opción de presentarlo de forma voluntaria, algo que puede resultar interesante si el resultado sale a devolver.
Dos personas se enfrentan a diversos trámites en papel. / LUISMA MURIAS
Ese límite de 22.000 euros al año solo se aplica cuando los ingresos provienen de un único pagador. Es lo más habitual entre los pensionistas, ya que la pensión pública suele ser su única fuente de dinero.
En estos casos, Hacienda entiende que las retenciones ya se han hecho correctamente durante el año y, por tanto, no obliga a presentar la declaración.
Aun así, conviene no perder de vista la cifra total que se cobra al año. A veces, entre pagas extraordinarias o pequeñas subidas, se puede rebasar el tope sin darse cuenta.
Y aunque no siempre sea obligatorio hacer la declaración, puede compensar presentarla si se pueden aplicar deducciones —ya sean autonómicas o personales— que acaben suponiendo una devolución.
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