El Ayuntamiento de Morales de Toro ha aprobado una nueva ordenanza que regulará la limpieza y vallado de solares, además de obligar a los propietarios de inmuebles a mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, habitabilidad y ornato público.

La inspección del estado de solares o edificaciones que presenten deficiencias recaerá en el alcalde o en el concejal en el que delegue la función de comprobar el cumplimiento de las condiciones recogidas en la normativa municipal. Así, se exigirá que los solares estén limpios y desprovistos de cualquier tipo de residuo o vegetación, aunque en su interior tampoco se pueden acumular restos orgánicos o minerales que puedan servir de alimento para animales.

Del mismo modo, en los solares será necesario proteger o eliminar los pozos o desniveles que existan en su interior y que pueden provocar accidentes. La normativa también refleja la prohibición de arrojar a los solares basura, escombros, mobiliario o residuos de cualquier tipo y, sin perjuicio de las acciones que puedan ejercer los dueños de los terrenos contra los infractores, éstos serán sancionados por la Alcaldía.

Limpieza

Además, las operaciones de limpieza de solares deberán ser comunicadas previamente para que el Ayuntamiento tenga constancia de su realización y pueda llevar a cabo el posterior control. Para impedir el depósito de basuras o residuos en los solares, la normativa establece la obligación de proceder a su vallado, operación que también deberá realizarse si se llevan a cabo derribos y para la que será necesario solicitar la preceptiva licencia municipal de obras.

El vallado deberá cumplir una serie de condiciones, tales como que se extienda a lo largo de la línea de fachadas, que preferentemente sea de ladrillo o bloque y que la altura mínima alcance dos metros y medio. Otra opción recogida en la normativa es que los solares sean vallados con postes fijos de madera, hormigón o hierro y que el cierre se realice con un mallado, aunque el cercado deberá contar con una puerta de acceso para poder entrar en el interior y llevar a cabo la limpieza y retirada de posibles desperdicios.

Fachadas

En cuanto a las construcciones, la normativa establece que deberán reunir unas condiciones mínimas de seguridad, basadas en mantener sus cubiertas estancas al paso del agua o contar con protección de su estructura frente a la acción del fuego, aunque también deberán conservarse en buen estado los materiales de revestimiento de fachadas, cobertura y cerramientos para evitar riesgos para las personas y los bienes.

Los edificios de Morales de Toro también deberán cumplir una serie de condiciones de salubridad e higiene que garanticen el uso para el que están destinados, mientras que las referidas al ornato público obligan a los propietarios a mantener en buen estado las fachadas, medianeras, vallas o cerramientos.

El incumplimiento de la normativa municipal motivará la incoación de un expediente por el que la Alcaldía instará a los propietarios de edificios a la ejecución de los trabajos exigidos. No obstante, si el requerimiento no es atendido se incoará otro expediente sancionador por infracción urbanística y se impondrá la correspondiente sanción, una multa que oscila entre el 10 y el 20% del valor de las operaciones u obras que fuera necesario realizar, aunque el Ayuntamiento también puede recurrir a la ejecución forzosa o a la imposición de multas coercitivas a aquellos vecinos que no cumplan la ordenanza.