Defender el buen nombre de nuestros vinos” y evitar confusiones entre los consumidores que puedan perjudicar la imagen de los tintos, rosados y blancos elaborados en la Denominación de Origen Toro.

Con este objetivo, el Consejo Regulador ha presentado un recurso contra la desestimación, por parte de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (Euipo), de su “oposición” a la solicitud de registro como marca europea de “Badtoro”.

No es el único caso que ha tenido que recurrir la Denominación de Origen para proteger la marca que ampara la zona de producción de vinos y, en la actualidad, está pendiente de la resolución de otros recursos relacionados con la solicitud de inscripción de marcas que contienen la palabra “toro” para la comercialización de vinos de otros lugares.

Los citados recursos, como explicaron responsables del ente regulador, se circunscriben al apartado 33 de la clasificación de productos de la Oficina Española de Patentes y Marcas, que engloba los vinos y otras bebidas alcohólicas, excepto la cerveza.

En el caso concreto de “Badtoro”, el Consejo Regulador ya ha encargado a una empresa especializada en la defensa de la propiedad y de patentes la presentación de un recurso contra la desestimación de su “oposición” para que la marca sea retirada del mercado.

Las pretensiones de registrar marcas que incluyen la palabra "toro" para vinos elaborados en otras zonas de producción obliga al Consejo Regulador a habilitar una partida económica en su presupuesto anual para “defender” el “buen nombre” de sus vinos.

De hecho, responsables del órgano vinícola reconocieron que “tenemos abiertos otros casos” similares al de “Badtoro” porque, a la estela de la mayor proyección nacional e internacional de los vinos toresanos, “surgen oportunistas que se quieren aprovechar; es un mal asociado al crecimiento de la Denominación de Origen Toro”.

Sin “derecho” para impedir el uso de la imagen del animal

Por otra parte, responsables del Consejo Regulador recordaron que las marcas previas a la aprobación oficial de la Denominación de Origen tienen potestad para utilizar el nombre “toro”, pero vinos que con posterioridad quieran usarlo se enfrentan a la posibilidad de que su intención sea recurrida.

Además, aclaró que su potestad para defender la marca “Toro” se limita a la zona de producción de vinos certificada como Denominación de Origen, ya que en ningún caso puede recurrir la utilización de la imagen del bravo animal al que alude.

En este sentido, apuntó que no solo bodegas optan por utilizar la imagen de un astado para ilustrar la etiqueta de sus vinos, sino que empresas de otros sectores recurren al mismo símbolo que, en parte, se asocia a la identidad de España.

De hecho, responsables del órgano vinícola reconocieron que utilizar la imagen de un toro a nivel nacional es un recurso “consolidado”, contra el que no es viable presentar oposición.

En el lado contrario, está el caso de bodegas que además de utilizar la imagen del animal o de partes como sus astas también reflejan en la etiqueta la palabra “toro”, práctica que puede derivar en recursos para evitar su inclusión y proteger la zona de producción de los vinos toresanos.