El Ayuntamiento repartirá un total de 80.000 euros en ayudas directas tras aprobar en pleno las bases reguladoras del denominado “Fondo COVID” y que se podrán solicitar durante el plazo de 30 días hábiles, a contar desde el pasado 8 de octubre.

El objetivo de la nueva convocatoria de subvenciones destinadas a pequeñas y medianas empresas, autónomos y ciudadanos es contribuir a la reactivación económica de la ciudad y paliar el impacto económico de la pandemia en sectores del tejido productivo como el comercio, la hostelería, la cultura o la venta ambulante, entre otros.

Según las bases aprobadas por el Ayuntamiento, los beneficiarios de las ayudas serán empresarios “de todo tipo”, con independencia de su personalidad jurídica, incluidos los autónomos afectados por la crisis producida por la pandemia y porque la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre del establecimiento por el estado de alarma y que no se beneficiaran de la primera convocatoria del Fondo COVID.

La partida presupuestaria aprobada para las ayudas directas asciende a 80.000 euros, cantidad que se podrá ampliar en una nueva convocatoria en el caso de agotar todo el crédito y si quedan solicitudes sin atender.

De la partida total destinada a las subvenciones, 30.000 euros serán repartidos entre empresarios, con independencia de su personalidad jurídica, y autónomos.

Las ayudas ascienden a 250 euros para aquellas empresas cuyo volumen de empleados a la fecha de declaración del estado de alarma no sea superior a tres trabajadores y de 400 euros para aquellas que tengan cuatro o más trabajadores.

Para justificar el derecho a las subvenciones se deberá aportar el certificado censal emitido por la agencia tributaria, que indique la fecha de alta en la actividad, el epígrafe y el domicilio en el que se desarrolla la actividad y presentar otro de estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social.

Además, para tener derecho a cobrar la ayuda, será necesario que el solicitante no acumule ninguna deuda pendiente tanto a la fecha de la solicitud como del pago, con el Ayuntamiento.

En este caso, las solicitudes se tendrán que presentar vía telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento y el plazo es de 30 días hábiles a contar a partir del 8 de octubre.

La presentación fuera de plazo o la falta de documentación exigida serán causas de inadmisión.

Un segundo apartado de “beneficiarios” engloba a los ciudadanos empadronados en Toro entre los que el Ayuntamiento repartirá mediante los denominados “bonos comercio” un total de 50.000 euros que, en la segunda convocatoria del "Fondo COVID", aumentan su cuantía de 5 a 10 euros.

Los bonos se podrán utilizar como medio de pago en compras superiores a 20 euros en los establecimientos ubicados en Toro y que, voluntariamente, accedan a participar y el Ayuntamiento publicitará por los medios habituales cómo se pueden obtener.

Las ayudas del “Fondo COVID” con compatibles con la percepción de otras subvenciones procedentes de cualquier otra administración pública o institución privada.

La competencia para la ordenación e instrucción de los expedientes corresponderá al personal de los departamentos municipales de Intervención y Recaudación del Ayuntamiento, que examinarán los expedientes y verificarán que contienen la documentación exigida y realizando, en su caso, el trámite de subsanación de errores si procediera.

El plazo máximo establecido para resolver y notificar el acuerdo sobre las ayudas solicitadas por pymes y autónomos será de seis meses y el abono de la ayuda se realizará en un pago único por la totalidad del importe concedidos.