El Instituto Tecnológico Agrario (Itacyl) ha resuelto, de forma favorable, la propuesta de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen del Vino de Toro planteada por el Consejo Regulador y que afecta a los límites de rendimientos máximos para tres tipos de uva, las restricciones de vinificación o la inclusión como “secundarias” de dos nuevas variedades blancas de fruto. Uno de los cambios aceptados afecta a las variedades de uva autorizadas para la elaboración de vinos amparados por el sello de calidad toresano y, a las cuatro permitidas hasta ahora en la Denominación de Origen, tinta de Toro, garnacha, malvasía y verdejo, se suman como “secundarias” las blancas albillo real y moscatel de grano menudo.

En la propuesta de modificación del pliego, el Consejo Regulador justificaba la inclusión como autorizadas de las dos variedades blancas en que han formado parte del mapa varietal tradicional de la zona y, de hecho, la edad media del viñedo que se conserva en Toro de albillo real y moscatel de grano menudo, supera los 50 años. Además, precisaba que, en su momento, ambas variedades de uva no se incluyeron como autorizadas por “motivos de manejo”, relacionados con su mayor sensibilidad a las heladas primaverales o determinadas plagas, así como por su menor rendimiento, pero en ningún caso su exclusión se basó en cuestiones relacionadas con su calidad.

La pérdida de “material varietal” de ambos tipos de uva motivó que el Consejo Regulador decidiera solicitar su inclusión como autorizados, tras constatar además que los vinos elaborados con albillo real y moscatel de grano menudo mantienen el carácter diferencial de la Denominación de Origen Toro y que aportan rasgos de calidad apreciables desde el punto de visita enológico que no deben perderse.

La inclusión de ambas variedades para la vinificación obligaba a establecer los límites máximos de producción por hectárea, modificación que también se extiende a la uva autóctona de la zona, la tinta de Toro. En el caso de las dos variedades blancas, el rendimiento máximo queda establecido en 9.000 kilos por hectárea, mientras que para la tinta de Toro se modifica el límite, que pasa de 6.000 a 7.500 kilos por hectárea. El Consejo Regulador justificó la propuesta de ampliar los rendimientos para la tinta de Toro y que fue aprobada en pleno por la mayoría de vocales, en que no afecta a la calidad y que la producción autorizada hasta ahora “estaba claramente” por debajo de la media obtenida en la zona, lo que “estaba poniendo en riesgo el margen neto de los viticultores y la rentabilidad de las plantaciones”.

El último de los cambios autorizados se relaciona con los porcentajes mínimos de variedades en vinos blancos y tintos para adaptarlos a las nuevas técnicas de elaboración y a los gustos del mercado, así como para contemplar las nuevas variedades secundarias. No obstante, este reajuste del componente varietal no modifica las características de los vinos amparados por el sello de calidad.