La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha dictado 130 sentencias favorables a productores de remolacha en las que condena a la Junta a tramitar las ayudas convocadas para la campaña 2011-2012, aunque siguen pendientes de resolución más de 300 recursos con idéntica reclamación. A pesar de que la Junta ha anunciado recientemente que, a lo largo de este año, abonará los 10 millones de euros que adeuda a los remolacheros de la región en concepto de la ayuda pendiente de la PAC del 2011, el TSJCyL anunció ayer que ha dictado 130 sentencias favorables a los recursos interpuestos individualmente por los agricultores contra las distintas resoluciones del Gobierno regional. Del mismo modo, obliga a la Junta a tramitar los expedientes de solicitud de subvenciones presentados por los remolacheros al amparo de una orden dictada en 2011 y vigente en la actualidad, después de que el TSJCyL, en 2014, anulara una segunda orden dictada en 2012 para dejar sin efecto la convocatoria de ayudas del año anterior. En su resolución, los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se reafirman en los argumentos expuestos en la sentencia de 2014, que provocó que la orden aprobada y luego anulada por la Junta volviera a cobrar vigencia.

Además, recuerdan que la Administración regional está obligada a tramitar todas las solicitudes, con independencia de que las ayudas se concedan o no, a los productores que las hayan reclamado. A este respecto, la Sala matiza que la modificación en el 2012 del Plan Integral Agrario para el Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013 no puede "en ningún caso servir para revocar una convocatoria ya efectuada, que ha generado auténticos derechos en los partícipes en la misma, y que como tal deberá proseguir hasta dictar los actos pertinentes en aplicación de la misma". Además, añade que "publicada la convocatoria y abierto el proceso para presentación de solicitudes, como ha ocurrido en este caso, no es posible proceder a la revocación de la subvención" de forma unilateral por la Junta.