El Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (ITACyL) ha aprobado una modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen del Vino de Toro relativa a la densidad mínima de plantación que se reduce de 900 a 500 cepas por hectárea, aunque también implica la eliminación de la densidad máxima establecida hasta esta variación en 2.700 cepas por hectárea. La modificación propuesta por el Consejo Regulador y ratificada por el ITACyL se fundamenta en que las viñas históricas de la Denominación de Origen Toro tienen una edad de plantación elevada y que, en algunos casos, no alcanzan la densidad mínima establecida inicialmente, sin que ello suponga un perjuicio para la calidad final de la materia prima.

De hecho, según el Consejo Regulador, las cepas viejas son las que producen las uvas de mayor calidad y que las bodegas destinan a la elaboración de los mejores vinos de la Denominación de Origen Toro. Por este motivo, con la modificación del reglamento aprobada, se rebaja de 900 a 500 cepas por hectárea la densidad mínima de cultivo para garantizar un nivel de mantenimiento adecuado de las plantaciones históricas. En cuanto a la eliminación de la densidad máxima que, antes de la modificación aprobada era de 2.700 cepas por hectárea, el Consejo Regulador estima que el avance de la "viticultura moderna" permite mayores densidades en las nuevas plantaciones sin comprometer la calidad de las uvas, ya que se obtiene una materia prima que cumple los requisitos del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Toro, así como la elaboración de los vinos de acuerdo a las características físico-químicas y organolépticas exigidas.

La modificación aprobada por el ITACyL fue solicitada por el Consejo Regulador en base a un estudio sobre el cultivo en la zona, estudio que permitió constatar como viñedos viejos en vaso, que se localizan en municipios como Morales de Toro, no alcanzaban la densidad mínima de plantación, a pesar de que sus uvas son las más preciadas para la elaboración de vinos de calidad, así como las más demandadas por las bodegas. De no modificarse los parámetros relativos a esta densidad mínima de plantación, los citados viñedos, algunos con más de un siglo de antigüedad, no podrían permanecer inscritos en el registro del Consejo Regulador, a pesar de constituir un patrimonio único del que carecen otras zonas productoras.

Del mismo modo, la modificación afecta a la densidad máxima ya que plantaciones nuevas de viñedo en espaldera, generalmente, superan el límite fijado en 2.700 cepas por hectárea y, por tanto, tampoco podrían estar inscritas en el registro. La solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Toro ha sido aprobada por el ITACyL después de que, en los dos meses de exposición pública del expediente, no se hayan presentado alegaciones.

La modificación sobre la densidad de plantación de cepas en la Denominación de Origen será incluida en el pliego de condiciones que rigen el funcionamiento y las normas de la zona de producción vinícola, reglamento que, entre otros aspectos regula las características analíticas y organolépticas de los diferentes tipos de vino que se producen en Toro: blancos, rosados y tintos. Del mismo modo regula las prácticas enológicas relativas al cultivo y al proceso de elaboración del vino, su envejecimiento o las restricciones en la vinificación. Otro capítulo de este reglamento detalla la delimitación del área geográfica de la Denominación de Origen Toro, de la que forman parte municipios de Zamora y Valladolid, el proceso de calificación de los vinos, los rendimientos por hectárea dedicada al cultivo de viñedo o las variedades de uva permitidas para la elaboración de vinos amparados por el sello de calidad.