La Fiscalía Provincial detalla en el informe de archivo de las diligencias de investigación penal que, durante los periodos de tiempo en los que se tramitaron los expedientes, el departamento de Intervención del Ayuntamiento sufrió un "constante cambio" de los interventores que ocupaban el puesto y que carecía de una organización adecuada de sus funciones. A este hecho hay que añadir, según la Fiscalía que "no se tenía claro cuál era el criterio en base al cual se liquidaba la base imponible del impuesto", es decir, si se debía tener en cuenta únicamente la obra civil o también el aparato fotovoltaico o eólico incluido. Estas discrepancias provocaron que, por el desconocimiento de las normas a seguir en la tramitación del expediente y la falta de criterios claros de Intervención, no se procediera al cobro de las tasas hasta el mes de agosto de 2012, lo que derivó en un recurso contencioso administrativo por parte de Monte la Reina Solar, que obtuvo judicialmente la prescripción del cobro de los impuestos. En base a las declaraciones prestadas por diferentes técnicos, cuyos testimonios son coincidentes, según Fiscalía, no se ha podido acreditar que la "inacción hubiera sido buscada de propósito por alguna persona o personas para favorecer a los propietarios de la empresas" por lo que, a su juicio, "debiera ser en el ámbito de la responsabilidad disciplinaria del Ayuntamiento donde deberían resolverse las responsabilidades de la inacción que tan perjudiciales efectos económicos ha generado" a la institución local.