El nuevo convenio provincial del sector de la vid, cervezas y bebidas alcohólicas contempla un ligero incremento salarial e incluye diversas mejoras en materia de igualdad, maternidad y paternidad o seguridad y salud laboral. Este convenio ha sido ratificado recientemente por AZVYL y Fomentoro, en representación de la Patronal, y por los sindicatos UGT y CC OO, por parte de los trabajadores. El documento abarca los años 2014, 2015 y 2016 e incluye un incremento salarial del 1% para el presente ejercicio y del 1,50% para el próximo año.

Uno de los principales escollos que ha retrasado la firma de este documento es el relativo a la jornada laboral. Finalmente, tras un largo proceso de negociación, el convenio establece que la empresa podrá distribuir de manera irregular, a lo largo del año, el 10% de la jornada de trabajo. No obstante, dicha distribución deberá respetar los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la Ley y, el empleado, deberá conocer mediante un preaviso de cinco días, el día y la hora de la prestación de trabajo resultante de la citada jornada irregular. Por otra parte, según el convenio, se entenderán nulos y sin efecto los pactos individuales y las decisiones unilaterales de la empresa sobre retribuciones, jornada y otras condiciones de trabajo. Además, al convenio provincial se han incorporado diversos artículos como el referido al principio de igualdad y no discriminación. A derechos básicos de los trabajadores como no ser discriminados por razones de sexo, estado civil o edad, se suman otros como el respeto a la intimidad o la consideración debida a su dignidad. Sobre licencias y permisos, el convenio añade que deberán concederse por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. Del mismo modo, este convenio contempla el derecho del trabajador a ausentarse una hora para la lactancia del menor y, aquellas personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género, tendrán derecho a una reducción de la jornada o a la reordenación del tiempo de trabajo a través de una adaptación o un horario flexible. A este convenio se ha incorporado un nuevo capítulo denominado seguridad y salud laboral y otro sobre derechos de la representación colectiva.