Quince años de prisión por retener mediante golpes y amenazas a una amiga en una caseta de Picassent (Valencia)violarla de forma reiterada durante dos horas y media. Esa es la condena impuesta por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia al hombre que la tarde del 30 de septiembre de 2020 fue sorprendido, por una pareja que circulaba en coche, arrastrando a su víctima por la carretera después de que esta hubiera intentado escapar, tal y como informó en exclusiva en su día Levante-EMV. La Sala le impone trece años y medio de cárcel por un delito de detención ilegal en concurso con el delito de agresión sexual agravado, dada "la brutalidad y salvajismo" con el que actuó, así como el "exceso notorio de violencia y de sufrimiento" que ocasionó a la mujer. Y un año y medio más por el delito de lesiones.

No obstante, la sentencia no estima que se trate de un delito de agresión sexual continuado –pese a que durante las dos horas y media que la tuvo retenida la forzó sexualmente en varias ocasiones tanto vaginal como analmente–, al considerar "que existe unidad de acción" durante una misma situación violenta o intimidatoria. Tampoco aprecia la agravante de género que solicitaba la Fiscalía y la acusación particular, ya que supondría una doble incriminación, aunque los hechos ocurridos sean un claro acto de dominación machista.

Alfonso Izquierdo y su víctima, una mujer de 57 años con la que mantenía una relación de amistad, acudieron a las 18.15 horas del 30 de septiembre de 2020 a la caseta donde vivía éste, situada en el Camino del Realón de Picassent, tras coincidir en un bar de Carlet. Según ha quedado probado, el acusado le pidió a su compañero de vivienda que se marchara y una vez solos cerró la puerta con pestillo para impedir cualquier posibilidad de huida.

"Con ánimo de satisfacer su deseo libidinoso" y después de que la mujer se negara a tener cualquier tipo de relación sexual con él, cuando la víctima trató de marcharse de la casa éste la agarró por la fuerza y la tiró al suelo. "Con la finalidad de menoscabar su integridad física, le propinó golpes, puñetazos en la cara y en la cabeza, hasta conseguir arrancarle violentamente los pantalones y la camisa", detalla la sentencia. Todo ello pese a las súplicas de la mujer para que cesara en su empeño.

La sentencia no aprecia la agravante de género ni el delito continuado pese a las múltiples agresiones sexuales

La víctima ofreció durante el juicio un "relato preciso y detallado" de lo ocurrido, como recoge la sentencia y como ya informó este periódico. Respecto al hecho de que manifestara que las "plurales y reiteradas" penetraciones de las que fue objeto se produjeran durante cuatro o cinco horas, la Sala entiende que aunque "esa percepción que tiene la víctima no se ajusta a la realidad de lo acontecido", llegaron a las 18.30 y a las 21.00 horas era auxiliada por la pareja que se los encontró en la carretera, "resulta lógico que la víctima tenga la percepción de que la vivencia soportada tuvo una duración muy superior, visto el tenor de la misma y sufrimiento que tuvo que suponer soportar aquellas acciones de las que fue objeto".

Un informe médico forense demoledor

Asimismo, no se observa que tenga un ánimo espurio y los testigos, principalmente la pareja que sorprendió al acusado cuando la llevaba de vuelta a la caseta, son elementos que corroboran el relato de la víctima. Así como los vestigios hallados por la Guardia Civil en la caseta donde fue detenido y el informe médico forense que acredita las lesiones tanto en la zona genital como en otras partes del cuerpo por los golpes recibidos.

La defensa del acusado, quien se negó en el juicio incluso a contestar a las preguntas de su letrada, solicitaba alternativamente a la absolución que se le aplicara la atenuante de embriaguez. A lo que se oponía la fiscal y la acusación particular, ejercida por la letrada Isabel Vázquez. Si bien la propia víctima reconoció que estuvieron tomando cervezas, la Sala considera que es insuficiente para extraer que el acusado tuviera afectadas de alguna manera sus facultades y su defensa tampoco ha aportado ninguna prueba que acredite su embriaguez en el momento de cometer los hechos.

Además de los quince años de cárcel por los delitos de detención ilegal, agresión sexual agravada y lesiones, la Audiencia Provincial le impone diez años de libertad vigilada y durante 19 años tiene prohibido aproximarse y comunicarse de modo alguno con su víctima. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a la mujer con 34.900 euros por las secuelas y lo daños psíquicos y morales.