La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a un alicantino de 33 años, dueño de un bar en Valencia, de haber agredido sexualmente a una camarera de su local, aprovechando el estado de embriaguez de esta, en febrero de 2019. La sentencia considera que no hay pruebas suficientes para enervar el principio de presunción de inocencia pese al testimonio incriminatorio de la víctima y el cruce de mensajes de Whatsapp entre ambos donde esta le pide explicaciones a su jefe, ya que no recuerda nada de lo ocurrido, y éste trata de tranquilizarla diciéndole que "no se corrió".

Aunque estos mensajes podrían entenderse como un reconocimiento parcial de que mantuvieron relaciones sexuales después de haber estado bebiendo alcohol, el acusado negó en el juicio haber tenido sexo con su camarera esa noche y argumenta que apenas se dieron unos besos y caricias porque "ninguno de los dos estaba en condiciones de nada más".

El Ministerio Fiscal solicitaba para el acusado, defendido por el letrado Noel Juan Pont, una pena de seis años de prisión por abusos sexuales con acceso carnal. La noche del 9 de febrero de 2019 tras cerrar el bar la víctima y su jefe acudieron a otro establecimiento donde unos amigos de éste estaban celebrando una fiesta.

Según la versión de la denunciante, bebió mucho y después de la segunda ronda lo siguiente que recuerda es que despertarse desnuda en la cama.

La sentencia aclara que después de que la acompañara a su domicilio, "a instancias de ella", porque ya no se encontraba bien, la mujer se percató de que no tenía llaves y no podía entrar en su casa. De hecho, una patrulla de la Policía Local se ofreció a ayudarla, pero ésta se negó. Así que telefoneó a su jefe y media horas después de haberla dejado regresó y ambos entraron a través de la ventana. Así, los magistrados no han considerado probado que una vez dentro el procesado "se hubiera aprovechado del estado de embriaguez de ella, para desnudarla, llevarla a la cama, y penetrarla vaginalmente".

Respecto a la prueba irrefutable de los restos biológicos del acusado hallados en la vagina de la víctima, ésta queda desvirtuada según el fallo al ser posible que el semen hubiera permanecido desde la última vez que tuvieron relaciones unos días antes, hecho que esgrimió el procesado y en el que la víctima entró en contradicciones.