La Audiencia de Cantabria ha impuesto una condena de dos años de prisión a un padre que zarandeó a su bebé de 45 días, al que provocó varias lesiones, entre ellas un traumatismo craneoencefálico grave, un trauma medular y, como secuela, epilepsia.

Además de la pena de cárcel, en una sentencia contra la que cabe recurso, la Audiencia impone al hombre la inhabilitación para ejercer la patria potestad durante el tiempo de la condena y la prohibición de acercarse a su hijo o comunicarse con él durante cuatro años.

La Audiencia condena a este hombre por lesiones con las agravantes de parentesco, al ser la víctima su hijo, y alevosía, porque es un bebé que no se podía defender. Pero también le aplica la eximente incompleta de trastorno mental, porque padece un déficit de control de impulsividad, aunque "no hay una merma completa de su capacidad de comprender y querer".

Según el tribunal, el trastorno mental que sufre este acusado afecta a su imputabilidad en un grado medio, y por eso le rebaja la condena.

La Audiencia tienen en cuenta a la hora de imponer esos dos años de cárcel no solo la gravedad de los hechos, sino también la conducta del acusado, quien "cuando consuma la agresión pide ayuda y traslada rápidamente a su hijo al hospital".

La Fiscalía y la acusación que ejerció el Gobierno de Cantabria en este proceso habían pedido que la condena para este hombre fuera de cinco años de prisión.

Además de la pena de prisión, la inhabilitación para ejercer la patria potestad y el alejamiento y la prohibición de comunicarse con su hijo, la Audiencia también condena a este hombre a indemnizar al Servicio Cántabro de Salud con 15.355 euros por los gastos de la atención sanitaria de su hijo. Y al menor deberá compensarle con 34.700 euros por las lesiones y las secuelas.