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En una sentencia

El Supremo confirma la condena de las gemelas Vázquez y de la pareja de una de ellas por asesinato

El alto tribunal ratifica los 20 años impuestos al autor material y a su pareja, así como los 23 a los que fue condenada la otra hermana al aplicársele la agravante de parentesco

Juicio con jurado por el crimen de las gemelas Vázquez y la pareja de uno de ellos. AUTOR: MANU MITRU

Juicio con jurado por el crimen de las gemelas Vázquez y la pareja de uno de ellos. AUTOR: MANU MITRU / Manu Mitru

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Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Madrid

El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de 20 y 23 años de prisión impuestas, respectivamente, a las hermanas gemelas Pilar y Dolores Vázquez, así como los 20 que se impusieron a Isaac Gil, pareja de la primera, por la muerte a golpes de Pedro Fernández, que lo era de la otra, en Sabadell durante la madrugada del 10 de julio de 2021. El tribunal ratifica la pena de 20 años de cárcel que se impusieron tanto al autor material del crimen como a su pareja, y los 23 que recayeron sobre Dolores por el mismo delito de asesinato con alevosía, pero con la agravante de parentesco, al ser pareja de la víctima.

Deberán pagar 200.000 euros a la hija de Pedro Fernández, que murió por los golpes de extrema violencia, al menos 12, que recibió de Isaac Gil con una palanca metálica, primero en el interior de la vivienda en que la víctima y su pareja se encontraban, y después en el rellano y en las escaleras por las que el agredido intentó huir. La víctima sufrió un gravísimo traumatismo cráneo encefálico, con destrucción parcial de la masa encefálica y hemorrágica, y facial traumática, lo que le causó la muerte.

El tribunal del jurado de la Audiencia de Barcelona determinó que tanto las dos hermanas como el autor material actuaron de forma concertada y siguiendo un plan para matar a la víctima. Tras la agresión envolvieron en una manta su cuerpo y lo metieron en la vivienda, tratando de limpiar las manchas de sangre y otros restos orgánicos para eliminar cualquier vestigio de lo ocurrido. La Audiencia impuso 20 años de prisión a la pareja de la víctima, 16 años a su hermana y 17 años al autor material. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya estimó parcialmente el recurso de la acusación particular, en nombre de la hija de la víctima, al que se adhirió la Fiscalía, y elevó las condenas a 23 años a la pareja de la víctima y 20 años a cada uno de los otros dos.

El Supremo rechaza los recursos de los tres condenados, que criticaban la individualización de las penas que hizo el TSJ catalán para elevarles las penas, pero la sentencia considera que fue razonable, ya que el presidente del jurado había tomado en cuenta para fijarlas, como uno de los posibles móviles del crimen, unos supuestos malos tratos de la víctima a su pareja. El alto tribunal destaca que ese dato fue declarado expresamente como hecho no probado y lesivo para la honorabilidad de la víctima.

El TSJ individualizó la pena basándose en la gravedad de los hechos, consistentes en los golpes y en la persecución por el rellano y las escaleras. Tiene en cuenta, además, que varios testigos declararon que era ella quien “insultaba" a la víctima y que entre ambos existían discusiones sobre un dinero que esta reclamaba a su pareja y cuya desaparición le atribuía.

En cuanto al recurso de Dolores Vázquez, el Supremo destaca que existen pruebas suficientes sobre su participación, derivadas de las declaraciones del coacusado y de los vecinos que la vieron limpiar las estancias en las que se produjo la agresión. Además hay prueba que corrobora su participación, como los audios en los que su hermana menciona el acuerdo con ella, el día para la ejecución de los hechos y la invitación a la víctima para que llegara a la vivienda y dormitorio de la misma, donde se inició la agresión.

Fuente: El Periódico

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