La Opinión de Zamora

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Manuel Antón.

Lo de los “okupas”, un asunto que, entiendo, merece un poco más de atención

El propietario no debe intentar tomarse nunca la justicia por su mano, es decir, intentar desalojar a los okupas por su cuenta

AGENTES DE LA POLICIA NACIONAL DURANTE EL DESALOJO DE LOS OKUPAS DEL EDIFICIO DE LA GRAN VIA DE VIGO. ALBA VILLAR

No conozco bien las leyes que protegen al propietario de una vivienda, o, en su caso, a quien pueda estar habitándola con pleno derecho a hacerlo, o sea, su inquilino -sea su residencia habitual o una segunda residencia- frente a los “okupas” que en un momento dado puedan haber decidido ocuparla e instalarse en ella, como si nada. Pero, supongo, algo más de lo que se está haciendo en algunos casos se debería hacer -legislar, o actuar con mayor diligencia- para que cuando el propietario, o el inquilino de una vivienda tengan conocimiento de que alguien la ha ocupado indebidamente, éste pueda ser desalojado en el plazo más breve posible por quien pueda intervenir a los efectos.

Según se recoge en el artículo 18 de la Constitución, el domicilio es inviolable. Pero si un día, al llegar a tu casa, te encuentras con que está “okupada” ¿qué puedes hacer para que quién, o quienes se han instalado en ella la abandonen? Trato distinto merece la ocupación ilegal de un inmueble vacío, o sin uso, por lo que en adelante solo me referiré al delito de allanamiento de morada, que, tal y como recoge la legislación vigente, es el que se produce cuando alguien ocupa indebidamente una vivienda que está siendo utilizada por su propietario, o un inquilino, como residencia habitual o segunda residencia.

Independientemente del proceso judicial que se pueda abrir para castigar la ocupación ilegal, los agentes de la autoridad, utilizando los medios de que dispongan a los efectos, podrán, o mejor dicho, deberán entrar en la vivienda ocupada

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De cuanto he podido indagar, deduzco que la casuística es tan variada como numerosa; por ello, no siempre es tan fácil como pudiera parecer proceder al desalojo de una vivienda que ha sido “okupada”.

De cualquier manera, como lo que más preocupa a la ciudadanía, en general, es que haya “okupas” que en cualquier momento puedan entrar e instalarse en tu vivienda, y no te resulte fácil echarlos, por lo complicado que puede resultar, a veces, su desalojo; me he documentado lo que he podido al respecto y he considerado oportuno escribir sobre ello por si mis palabras pueden contribuir a que quienes tienen competencias en el asunto le presten un poco más de atención.

En la sociedad en que vivimos, no debería ser tan sencillo ocupar una vivienda que ni es tuya ni tienes alquilada a su propietario, solo porque te has puesto a ello; más, como nadie está libre de encontrarse con “okupas” en su casa, cuando menos se lo espera, considero importante tocar el tema para intentar que situaciones tan flagrantes como son muchas de las que todos hemos podido tener conocimiento a través de los medios de comunicación, en relación con el asunto, sean cada vez menos frecuentes.

Por lo comentado, y porque creo que es bueno saber cómo actuar si llegara el momento, permítaseme decir que: cuando el propietario de una vivienda, o su inquilino, pueda tener conocimiento de que ha sido “okupada” y, en consecuencia, no puede acceder a ella en el ejercicio de su derecho, lo que tiene que hacer, de manera inmediata, es acudir a la comisaría de policía, el puesto de la Guardia Civil, o el juzgado de guardia más cercano y, tras identificarse y acreditar fehacientemente que es el propietario, o el inquilino de la vivienda en cuestión, interponer una denuncia por allanamiento de morada. Simultáneamente debe solicitar que, como medida cautelar, quien pueda o deba hacerlo -lo normal es que sea el juez que intervenga en el asunto- imponga al “okupa, u okupas” el inmediato desalojo de la misma.

Independientemente del proceso judicial que se pueda abrir para castigar la ocupación ilegal, los agentes de la autoridad, utilizando los medios de que dispongan a los efectos, podrán, o mejor dicho, deberán entrar en la vivienda ocupada, identificar a los okupas, en su caso detenerlos, y poner fin al delito sin necesidad de tener que esperar a una orden judicial para poder hacerlo.

En función de las circunstancias en que se encuentre la víctima y de las del ocupante u ocupantes; de los costes que tenga que asumir el afectado por los destrozos que le puedan haber ocasionado los “okupas”; del tiempo de ocupación; e incluso de la carga de trabajo que pueda tener el juzgado competente, el caso podrá resolverse por vía civil o penal (esto dependerá, además de todas las circunstancias referidas, de cómo se haya interpuesto la denuncia y de la mayor o menor diligencia con que pueda actuar la autoridad competente)

Recomendable: el propietario no debe intentar tomarse nunca la justicia por su mano, es decir, intentar desalojar a los okupas por su cuenta (a la fuerza, ofreciéndoles dinero…) pues el allanamiento de morada es un delito que tiene que resolver quien deba hacerlo, y, además, porque en el caso de que la víctima intente el desalojo de otra manera, puede salir perjudicada ya que, en España, tal y como están las leyes, al vivir en un Estado social y democrático de derecho, hasta los que invaden una propiedad pueden verse más amparados por la ley que su propietario o inquilino, si llegasen a concurrir determinadas circunstancias. En ocasiones, puede que si la denuncia se hubiese presentado ante un juzgado de guardia, sea el fiscal de turno el que actúe de oficio para ordenar el desalojo inmediato de la vivienda okupada.

Sean cuales sean las circunstancias que se den, lo que no se puede evitar nunca es el susto y, seguramente, el que el propietario tenga que correr con el coste de los desperfectos que puedan haber provocado los “okupas” porque, por lo general, éstos suelen ser declarados insolventes… ¡Tiene narices el asunto!

No sé si mis palabras habrán sido o no suficientemente acertadas, o si servirán de algo; pero me parecía que debía escribir sobre el tema y, con todas mis limitaciones, lo he hecho pensando en que lo de los “okupas” es un asunto que merece ser tomado con un poco más de atención por quienes tengan en sus manos la posibilidad de hacer algo más que yo al respecto.

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