La Opinión de Zamora

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Cuando un monte se quema

…Algo, o mucho, de todos, se quema.

El monte es un bien patrimonial, que como todo bien, tiene que ser razonablemente gestionado, administrado, rentabilizado, cuidado, disfrutado, etc., lo que demanda conciencia ciudadana de la necesidad de su recto proceder con su mantenimiento, evitando actividades que pongan en peligro su existencia; del legislador estatal y autonómico y demás poderes públicos con la elaboración, aprobación y puesta en práctica de normas jurídicas realistas, prácticas, útiles, etc., que posibiliten que la Administración Pública con competencias en materia forestal cumpla el ordenamiento legal al disponer de empleados públicos debidamente conocedores, motivados y responsables, como de los medios materiales precisos.

Saber qué posibilidades de aprovechamiento social y económico del monte es condición “sine qua non” para que existan los productos, los resultados, que tendría que ofrecer a la sociedad, para su bienestar. Y es que cuando un bien es valorado, ese bien se cuida, se mantiene, etc., pues todo ello condiciona su cuidado y, consecuentemente, su existencia para las generaciones presentes y venideras. Y las personas más próximas, el vecindario, especialmente los mayores, como los Ayuntamientos, son los que pueden, y deben, por sus conocimientos, conciencia y competencias, informar y asesorar a la Administración Autonómica para que regule, financie y apoye, el correcto tratamiento de los montes, y ésta escucharlos, dialogar y debatir con ellos.

De proceder con sentido de la responsabilidad por parte de la ciudadanía y de las Administraciones Públicas el riesgo de incendios de montes será mínimo, y las posibilidades de aprovechamiento agroforestal, ganadero, de ocio, etc., máximo.

No es cierto aquello de que “cuando un monte se quema, algo suyo se quema señor conde”; el monte es de la ciudadanía, o debería serlo

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La Junta de Castilla y León, periódicamente, publica, en su Boletín Oficial, como en el del día 20 de junio del presente año, los Planes Dasocráticos, (dasocracia: ordenación de los montes, a fin de obtener la mayor renta anual y constante, dentro de la especie, método y turno de beneficio que se hayan adoptado”, Diccionario RAE, dixit), de diferentes montes sitos en nuestra Comunidad; que es lo que procede para su adecuado tratamiento, y que deberían disponer de ellos todos los que aún no lo tengan.

INCENDIO SIERRA DE LA CULEBRA. BOYA EMILIO FRAILE

Las Leyes 43/2003 y 21/2015, de Montes, y la Ley 3/2009, de Montes de Castilla y León son las máximas expresiones de la voluntad popular que habrá de llevarse a cabo, dotando en los Presupuestos Generales autonómicos de la financiación precisa para que la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, a través de los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, lo que exige de los políticos y empleados públicos objetividad, honestidad, conocimientos, motivación, entrega, empatía, afán de servir los intereses generales, etc., pueda cumplir con sus competencias en materia de montes, procurando su permanente puesta en valor. Por cierto, tiene elaboradas “Consejos y recomendaciones” en su página web “medioambiente.jcyl.es”

La financiación pública no viene llovida del cielo, viene de la recta observancia de la legislación tributaria de los honestos contribuyentes, no de los defraudadores, de los delincuentes fiscales, etc. Es decir, si queremos que la Administración Pública cumpla, también tiene que cumplir la ciudadanía “dar al césar lo que es del césar”, “hay que cotizar”, no se sea más hipócrita demandando sin aportar.

Y en otro orden de cosas, el patrimonio privado debiera estar lo suficientemente asegurado, por si “vienen mal dadas”; de los riesgos, pues por muy remotos que nos parezcan, nadie está libre de que acontezcan

Y no es cierto aquello de que “cuando un monte se quema, algo suyo se quema señor conde”; el monte es de la ciudadanía, o debería serlo.

Marcelino de Zamora

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