"Cumplidas deven ser las leyes, e muy cuydadas,e catadas, de guisa que sean con razón, e sobre cosas que puedan ser, segund natura, e las palabras dellas, que sean buenas, e llanas, e paladinas,de manera que todo hombre las pueda entender e retener" .

Ley de Partidas -Partida I

Me ha movido a escribir esas líneas el hecho de estar recogiendo los libros jurídicos del despacho y trasladarlos al archivo, con motivo, de mi próxima jubilación, si Dios quiere. Me han llamado la atención los tomos de Derecho Civil, de José Castán Tobeñas, revisados por su sobrino D. José María Castán Vázquez, y por el querido profesor José Luis de los Mozos y de los Mozos, (q.e.d.) quien fue mi profesor de Derecho Civil en la Universidad de Salamanca, y coincidencias de la vida, el se vino de Catedrático a la Facultad de Derecho de Valladolid, donde le visité en multitud de ocasiones, al estar yo en Valladolid, cumpliendo el servicio militar y quedarme a ejercer en Valladolid. Tengo buen recuerdo de las Leyes Civiles de España, de Medina y Marañón, edición 1958, que son dos tomos negros que contienen los artículos con citas jurisprudenciales y frases en latín, que en mis inicios me fueron de gran ayuda para estudiar los asuntos y hacer en las demandas citas doctrinales y jurisprudenciales.

Honestamente creo que, el lenguaje jurídico debe ser comprensible, claro y sencillo, y cuando digo lenguaje jurídico, lo digo, en su sentido más amplio, esto es, en el contenido de las peticiones realizadas por los ciudadanos en sus demandas ante los Tribunales y en las resoluciones judiciales que deben ser fácilmente comprensible por su destinatario, ello con independencia de la calidad técnica, que no está reñida con la brevedad.

El principio de seguridad jurídica, principio constitucional, consagrado en el Artículo 9.3 de nuestra Constitución Española, por naturaleza exige que el lenguaje jurídico sea claro y ello afecta y obliga al legislador a fin de que las normas jurídicas se redacten con claridad y ello va a facilitar sobremanera, su interpretación y, en consecuencia, su posterior aplicación.

El ciudadano necesita claridad y sencillez en las normas y en los actos jurídicos adoptados por las distintas administraciones públicas con la finalidad de evitar la confusión y la arbitrariedad. Las directrices legislativas son una especie de guías, con la finalidad de uniformar y mejorar las leyes. Las administraciones públicas tienen una obligación capital cual es, velar por que los términos empleados en sus resoluciones, dirigidas a los ciudadanos sean claras, precisas y motivadas.

Leo cuando escribo estas líneas, las palabras que la toma de posesión el nuevo presidente de la Audiencia de Valladolid, dirigía a los asistentes al acto y a tal efecto y al hilo de lo que aquí nos interesa, decía, que los escritos judiciales tienen que ser inteligibles, breves y al grano, y agregaba, "porque se abusa del corta y pega". Recuerdo que al comienzo del ejercicio profesional tratabas de hacer demandas amplias, incurriendo, a veces, en reiteraciones, que a la hora de ser leídas al "maestro", eran corregidas; no olvidemos que en nuestra época, año 1978, antes de darte de alta en el Colegio de Abogados, se hacía la pasantía, con un abogado de larga trayectoria profesional, que era quien te ponía en contacto directo con el mundo del Derecho, y te enseñaba cuanto él sabía y te contaba sus experiencias y orientaba en el enfoque de los asuntos, y lógicamente en la corrección de los escritos, te enseñaba a aplicar el lenguaje jurídico correcto, con precisión; amén de los principios deontológicos, de compañerismo leal, del respeto, sin llevar la contienda fuera de las lindes del pleito.

La pasantía creo que es fundamental a la hora de elegir el ejercicio de la abogacía y debe partirse de una disponibilidad total y absoluta por parte del pasante y no tener jamás prisa en el inicio del ejercicio, una buena pasantía te da soltura para el posterior ejercicio, con una experiencia previa, un buen lenguaje jurídico y procurar tener buen ojo clínico; todo ello es fundamental.

El pasante debe mostrar interés y debe ir tomando responsabilidades y perder el miedo para dar el paso y comenzar el ejercicio profesional, una vez esté formado a juicio del maestro. Honestamente, solo tengo palabras de agradecimiento para mi maestro, amigo y compañero Alberto de Paz, por acogerme, en su día, en su despacho, como a un hijo, y enseñarme la práctica del ejercicio de la abogacía, dedicándome todo el cariño y tiempo del mundo, pues, jamás, escatimó tiempo en sus enseñanzas. Me brindó quedarme en su despacho, una vez dado de alta en el Colegio de Abogados y comenzar a ejercer a su lado. De aquellos comienzos, hace más de cuarenta años, tengo los mejores recuerdos. Alberto de Paz, pertenece a esa clase de abogados honrados, bondadosos, caballeros, que han ejercido el compañerismo de la forma más leal, sin doblez, es el espejo en el que debiéramos mirarnos para ser mejores

Gracias maestro, amigo.