El nivel de bienestar económico, jurídico, político y social es lo que fundamentalmente interesa, preocupa y persigue la población. La forma de la organización del Estado preocupa a la población en tanto en cuanto contribuya a un mayor nivel de vida especialmente manifestado a través de unos salarios que le permitan llevar una vida cómoda, sin sobresaltos en lo que se refiere a la estabilidad en el empleo, en la obtención de un nivel de ingresos que le permitan llevar una vida digna, que tenga la posibilidad de progresar profesionalmente, de formarse continuamente en su oficio o profesión, que disponga de una amplia oferta cultural, de una sanidad competente, eficiente y rápida; de un sistema educativo, en todos sus niveles, vanguardista, con una metodología innovadora de enseñanza y aprendizaje, enfocado, y adaptado, a lo que la sociedad precisa en cada momento, especialmente la empresa, la Administración pública, y demás organizaciones que la configuran.

Como toda actividad humana, para su desarrollo, precisa de unos recursos monetarios que tienen que proceder de quienes configuran la sociedad, como son las personas físicas y jurídicas, y cuya obtención debe estar prevista legalmente a través de un sistema fiscal que tiene que estar lo suficiente, y debidamente, estudiado en las capacidades contributivas de los sujetos pasivos, para que, siendo de naturaleza progresiva, no sea ni confiscatorio, ni discriminatorio entre contribuyentes y territorios, evitando agravios comparativos como son los regímenes especiales de determinados territorios, o las diferencias en la existencia, o no, de impuestos, en los tipos impositivos, en los recargos, en las deducciones, en las desgravaciones, porque así lo permite la normativa tributaria, entre comunidades autónomas y municipios; etc.

E íntimamente relacionado con las posibilidades recaudatorias de cada Administración pública están las potencialidades de los servicios públicos que puedan, y deban, prestar a la ciudadanía; que tendrían que ser similares en cualquier ámbito geográfico del país; entre otras razones por que el sistema fiscal, asimismo, debiera, también, ser similar en todo el territorio nacional y, consecuentemente, la calidad y cantidad de las prestaciones públicas a las que tienen derecho los honestos financiadores de los impuestos.

Qué duda cabe que de los conocimientos, sentido de la responsabilidad, entrega a la "cosa pública", justa y adecuada selección, adscripción y preparación, de los empleados públicos, como de los cargos públicos representativos, dependerá la capacidad de gestión de las diferentes Administraciones públicas y, correlativamente, la calidad, la cantidad y el nivel de los servicios públicos que reciba la ciudadanía, que, repetimos, debieran ser máximos y lo más homogéneos posibles en cualquier punto del territorio nacional; lo que no sucede, entre otros motivos, por la existencia de el "Concierto económico vasco", los "cupos" en el País Vasco, el sistema especial tributario en Navarra, por el "Amejoramiento del Fuero" y el "Convenio Económico con el Estado"; diferencias en los tipos impositivos en los mismos tributos entre Ayuntamientos, y eso sin contar, por razones de insularidad entre otras, de algunos tributos peculiares del archipiélago Canario, o de Ceuta y Melilla. Por ello lo de la "igualdad de los españoles" a que hace referencia el artículo 14 de la vigente Constitución Española de 1978? como "un orden económico y social justo", que contempla en su Preámbulo, cuando existen tales agravios comparativos en cuanto a la tributación y prestaciones públicas según el lugar del "domicilio fiscal", ofrecen serías y razonables dudas de su observancia y cumplimiento.

Por todo ello, en parte, a la ciudadanía, pensamos, le da igual la forma de gobierno, siempre que éste sea justo, promueva el desarrollo, la justicia, la equidad, etc., y no se corrupto, discrimine, malgaste, no administre con rigor, eficacia y eficiencia los recursos públicos, etc.