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Multas de 200 euros que van a recibir los conductores por circular a la velocidad obligatoria y llevar la baliza v-16 pero no vigilar el asiento del copiloto: la Guardia Civil extrema la vigilancia

Una sanción que muchos conductores desconocen hasta que ya es demasiado tarde

Tráfico en Madrid.

Tráfico en Madrid. / EPE

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Manuel Riu / A. O.

El verano ya está aquí y es el momento de pensar en vacaciones y desplazarnos en carretera a nuestro destino escogido para conseguir desconectar de la rutina diaria en la ciudad. Eso sí, hay que estar muy atentos a las normas de tráfico.

Y no solo nos referimos a vigilar la velocidad en carretera o tener a mano la baliza v16 en caso de avería. Y es que muchas veces cargamos el coche más de lo que deberíamos y optamos por redistribuir maletas, bolsas y demás por los diferentes espacios del coche. Maletas en el asiento del copiloto, bolsas en la parte de atrás...

Un gesto recurrente con el que podemos estar cometiendo, sin saberlo, un error vigilado y controlado por el Reglamento General de Circulación. Y es que, tal y como explican los expertos de RACE, "por norma general, los objetos deben ir en el maletero. Su función es separar la carga de las personas y transportarla con la mayor seguridad posible. Si no te cabe todo en tu coche, es más recomendable que busques otro vehículo en el que puedas guardar todos los elementos en el maletero.

Si no es posible, también tienes la opción de instalar un cofre en el coche o llevar un remolque, aunque esto también va a afectar a la aerodinámica del coche, al consumo y a su comportamiento en carretera". Como última opción y la que menos recomienda el RACE, puedes llevar objetos dentro del habitáculo, pero siempre que vayan sujetos adecuadamente, en ningún caso deben ir sueltos. Lo aconsejable es que lleves los objetos más pesados en el maletero y que dejes para el habitáculo objetos ligeros y fáciles de sujetar como un bolso o una mochila pequeña.

Multa de 200 euros por colocar la baliza V16 pero no encender las luces adecuadas

Lucía Feijoo Viera

“La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios para su sujeción o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, fijados de manera que no puedan arrastrarse, caer parcial o totalmente, o desplazarse de forma peligrosa”, explica el Reglamento General de Circulación en su artículo 14.

Multas: hasta 200 euros

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial explica que conducir vehículos con la carga mal acondicionada o con peligro de caída conlleva una multa que puede llegar hasta los 200 euros.

La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan, arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa; comprometer la estabilidad del vehículo; producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas; ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.

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