Llamamiento a los nacidos entre 1956 y 1961: cambios en el permiso de conducir tras la norma de la DGT y los motivos por los que no podrán conducir
Los conductores mayores de 70 años están exentos de pagar las tasas de renovación, pero sí el reconocimiento médico obligatorio

La DGT alerta sobre varias acciones bastante comunes entre los conductores en la vuelta a la rutina
Manuel Riu / A. O.
El permiso de conducir es un elemento imprescindible para millones de ciudadanos. En España, no existe límite de edad para seguir conduciendo, pero a partir de los 65 se aumenta la periodicidad con la que se debe renovar el permiso, tal y como explican desde la Dirección General de Tráfico (DGT). "El seguir conduciendo no depende de la edad, sino del estado de las capacidades y aptitudes que tenga el conductor.
A partir de los 65 años y para asegurar que se mantiene intacta la capacidad para conducir, se reduce el periodo de vigencia del permiso de conducir. Lo que se pretende de esta manera es aumentar la frecuencia de las revisiones médicas y de aptitud para que seguir conduciendo sea seguro para todos".

Agencia ATLAS | Foto: EFE
De esta manera, los periodos de vigencia máximos de los permisos de conducir serían: 5 años para permisos de coches, motos y motocicletas (AM, A1, A2, A, B) y licencias de conducción y 3 años para permisos profesionales de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1…).
Los mayores de 70 años están exentos de este pago y además pueden realizar la gestión en Tráfico sin tener que solicitar cita previa. Sin embargo, sí que deben abonar el coste del reconocimiento médico, que se aplica a todos los conductores independientemente de la edad. Este examen debe realizarse siempre en un centro de reconocimiento autorizado por la DGT, que es el encargado de comunicar el resultado directamente a Tráfico.
Llamamiento a los nacidos en 1956 y 1961
De este modo, este 2026 aquellos que hayan nacido en 1956, no tendrán que pagar las tasas del permiso de conducir si les toca renovarlo este año. Del mismo modo, los nacidos en 1961 tendrán que comenzar a renovarlo cada 5 años en vez de 10. Además, RACE también recuerda que No existe ningún colectivo que quede excluido automáticamente de la conducción por razón de edad. No podrán conducir aquellas personas que no superen el reconocimiento médico obligatorio, presenten limitaciones físicas, sensoriales o cognitivas incompatibles con una conducción segura o tengan el carnet retirado por resolución administrativa o judicial.
Los expertos de RACE explican , además que "tal y como establece la normativa vigente, son los Centros de Reconocimiento de Conductores autorizados los encargados de valorar si una persona está capacitada para conducir, con independencia de su edad. En estos centros se realizan los conocidos tests psicotécnicos, que evalúan aspectos como la visión, la audición, la coordinación, los reflejos y el estado cognitivo del conductor. Mientras se superen estas pruebas, el permiso puede renovarse sin límite de edad.
Fuente: La Nueva España
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