Ciudadanos ha presentado este miércoles un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) para que el expresidente catalán Carles Puigdemont, actualmente en Bélgica huido de la justicia española, no pueda concurrir a las elecciones europeas.

A juicio del partido naranja, "un señor que se ha fugado de la justicia y que trabaja en contra de España" no puede tener "privilegios" y por ello no debería poder concurrir a los comicios europeos del 26 de mayo.

Ciudadanos considera en este sentido que "es una vergüenza que los españoles tengan que pagar un sueldo con dinero público a Puigdemont después de haber dado un golpe de Estado".

La formación liderada por Albert Rivera ha pedido amparo al TC contra la sentencia del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Madrid, que resolvió el recurso presentado por la coalición electoral Lliures Per Europa (Junts) contra la decisión de la JEC y permite a Puigdemont y a dos exconsellers catalanes que le acompañaron en el ejecutivo catalán, Antoni Comín y Clara Ponsatí, ir en sus listas electorales.

Según fuentes del Constitucional, este tribunal tiene de plazo para pronunciarse sobre el recurso, que será analizado por la sección primera, hasta este jueves, a medianoche, antes de que comience la campaña electoral.

El escrito presentado por Cs, de 24 páginas, sostiene que la sentencia recurrida "relativiza el valor, significado y efectos de la inscripción censal" mientras que la jurisprudencia del propio TC "ha subrayado el carácter relevante y determinante de la misma".

Advierte asimismo el texto de que "esta inaplicación de una regulación general produce la lesión del derecho fundamental invocado por vulneración del principio de igualdad, ya que en el caso no se dispensa el mismo trato jurídico a todos los ciudadanos".

Por ello, Cs considera que se han vulnerado los derechos fundamentales a la igualdad y a la tutela judicial efectiva y reclama la nulidad de la sentencia recurrida, de forma que pide que la resolución de la Junta Electoral Central (JEC) que impedía la candidatura de Puigdemont, Comín y Ponsatí recupere su validez tras ser anulada por, entre otros, el citado juzgado madrileño.

Varios juzgados madrileños estimaron que Puigdemont, Comín y Ponsatí están habilitados para presentar su candidatura a las elecciones europeas a pesar de su situación judicial después de que los tres implicados recurrieran la decisión de la JEC de excluirles de la lista electoral.

Así, los jueces siguieron el criterio fijado por el Tribunal Supremo en el auto en el que ordenó a estos juzgados que sean ellos los que resuelvan los citados recursos de estos tres dirigentes investigados por su participación en el proceso independentista contra la resolución de la JEC y en el que les señala que "no concurre ninguna causa de inelegibilidad" en ellos.El PP también recurre

El PP también ha presentado recurso este miércoles ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la decisión de los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid de permitir que el expresidente catalán Carles Puigdemont y sus exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsatí, todos huidos de la justicia, puedan concurrir a las elecciones al Parlamento Europeo del próximo 26 de mayo.

En su escrito, los 'populares' creen que los exdirigentes catalanes no tienen derecho a ser candidatos por Lliures per Europa y está de acuerdo con la decisión que en su día adoptó la Junta Electoral Central (JEC). Además, opina que el Tribunal Supremo se ha "extralimitado" al posicionarse sobre este tema y marcar el camino a los jueces de Madrid que debían resolver los recursos de Puigdemont, Ponsatí y Comín.

En este sentido, el partido que lidera Pablo Casado afea al Supremo que tomara esa "decisión sin precedentes" al declararse no competente para resolver este problema pero sí afirmar "en términos categóricos" su opinión al respecto.

Para el PP, el Supremo ha "infringido" el "sagrado principio de independencia judicial", además del "derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por ley, por cuando se ha despojado al órgano competente de la competencia para decidir, en términos de la propia doctrina del Tribunal Constitucional".