5 y 8 de enero
Consumo recuerda los derechos de los pasajeros ante la huelga de 'handling' de Iberia en Reyes
Los pasajeros afectados por cancelaciones tienen derecho a recibir un documento informativo en el que se indiquen las normas en materia de compensación y asistencia
![Varios pasajeros en una fila de Iberia en la Terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/ad253276-2386-43f0-b912-841feff0ce00_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
Varios pasajeros en una fila de Iberia en la Terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez-Madrid Barajas. / Europa Press - Archivo
EFE
El Ministerio de Derechos Sociales y Consumo ha publicado una nota en la que recuerda los derechos de los pasajeros ante posibles cancelaciones de vuelos en los aeropuertos españoles por la huelga convocada entre los días 5 y 8 de enero en los servicios de asistencia en tierra o "handling" de Iberia.
La Dirección General de Consumo recomienda consultar la información proporcionada por la compañía aérea en aeropuertos o sitios webs, así como los derechos que asisten a los pasajeros aéreos en la web de la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA).
Entre ellos, Consumo recuerda que los pasajeros afectados por cancelaciones tienen derecho a recibir un documento informativo en el que se indiquen las normas en materia de compensación y asistencia, así como a ser atendido con comida y bebida.
También debe existir la posibilidad de realizar dos llamadas telefónicas o tener acceso a otras formas de comunicación como correo electrónico o fax, y alojamiento en un hotel si fuera necesario pernoctar o efectuar una estancia adicional, para lo cual deberá hacerse cargo del transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.
En cuanto al vuelo cancelado, la compañía afectada puede elegir entre varias opciones, el reembolso del coste íntegro del billete dentro de los 7 días siguientes a la cancelación del vuelo; un transporte alternativo a su destino final lo más rápidamente posible y una alternativa en una fecha que convenga al pasajero.
En caso de cancelación, los pasajeros tienen derecho a una compensación económica de entre 250 y 600 euros, en función de la distancia del vuelo, con algunas excepciones, como que la compañía aérea le haya informado de la cancelación 14 días antes del vuelo programado o entre dos semanas y 7 días antes del vuelo programado.
Tampoco está obligada si ha ofrecido al cliente un transporte alternativo que sale con no más de 2 horas de antelación y llega al destino final con menos de 4 horas de retraso, o con no más de una hora de antelación y llegada al destino final con menos de 2 horas de retraso.
En su nota, Consumo recuerda que la huelga prevista para la semana de Reyes "no constituye una circunstancia extraordinaria que exima a la compañía aérea de su obligación de abonar una indemnización en caso de cancelación de vuelos".
- Un tractorista da varias vueltas de madrugada a la Comandancia y arrolla a una patrulla
- El tractorista zamorano que arrolló a la patrulla de la Guardia Civil, ingresado en psiquiatría
- Conduciendo un coche con 13 años, la Guardia Civil le pilla en este pueblo de Zamora
- Tamara Falcó habla de su divorcio: "Íñigo fuera, adiós
- Sale a la luz una nueva infidelidad del novio de Anabel: así es la chica que habría conquistado a David Rodríguez
- El exfiscal jefe de Zamora, De Vega Irañeta, número dos de la Comunidad de Madrid desde ayer
- El Mercado Medieval de Zamora aumenta su presupuesto para estimular el turismo
- Desvíos y nuevas direcciones en la N-122 desde el 29 de julio