La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, sospesa recuperar el mecanismo del “prohibido despedir” ante la actual crisis energética y limitar las bajadas unilaterales de salarios en las empresas. “Estamos estudiando un bloque de medidas laborales que ya hemos practicado en la crisis anterior”, ha declarado la ministra de Trabajo este jueves en los pasillos del Congreso. El Gobierno prevé aprobar en el Consejo de Ministros del 29 de marzo un plan de políticas contra las secuelas de la guerra de Ucrania y entre las mismas destacan varias cartas que ya utilizó al inicio de la pandemia.

El pasado 27 de marzo del 2020, siguiendo la estela de países como Italia, el Consejo de Ministros aprobó una medida transitoria que prohibía a las empresas invocar un despido objetivo por causas derivadas del covid. Es decir, una empresa no podía cesar a un trabajador aduciendo que se había visto obligada a cerrar por una decisión sanitaria o porque le había caído la facturación debido a la pandemia. El Gobierno marcó a las empresas el camino de los ertes covid, aunque no todas las firmas optaron por esa vía. En esta ocasión, al margen de las nuevas limitaciones de carácter temporal que pueda armar el Ejecutivo, los nuevos ertes pactados en la reforma laboral ya están en vigor y el fondo para costear el Mecanismo Red ya fue constituido en el Consejo de Ministros del pasado 15 de marzo, dos años y un día después de declarar el primer Estado de alarma por el covid.

La interpretación que realizaron los tribunales del ‘prohibido despedir’ fue que ese despido objetivo invocado por la empresa pasó a ser un improcedente. Es decir, de facto elevaron la indemnización que la compañía debía abonar a su empleado, pasando esta de 20 días por año trabajado a 33 días. Si bien tribunales de primera instancia interpretaron dicha doctrina como un despido nulo, lo que obliga a la empresa a readmitir al trabajador cesado, la mayoría de superiores de justicia apostaron por interpretar el cese como improcedente. Lo que implica que el cambio impulsado por el Ministerio de Trabajo más que prohibir el despido, lo encarecía. 

"No es el momento de bajar salarios"

“No es el momento de despedir ni es el momento de bajar salarios”, ha afirmado la vicepresidenta segunda. “Las empresas cotizadas en bolsa han tenido beneficios récord de 64.000 millones de euros, nadie entendería que en una situación de crisis bajaran los salarios a sus trabajadores. El esfuerzo tiene que ser colectivo”, ha añadido. Dentro de ese nuevo escudo social que el Gobierno perfila para amortiguar las secuelas de la guerra también se baraja la posibilidad de limitar a las empresas las modificaciones unilaterales de condiciones de trabajo.

Actualmente una compañía puede invocar el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores para realizar una modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo. Ello implica que puede bajarle el sueldo a sus empleados si puede justificar pérdidas económicas u causas organizativas, entre otros. Las causas deben estar debidamente motivadas, pero si la empresa consigue acreditarlo los empleados no tienen manera de evitarlo legalmente y solo pueden reclamar el cese y una indemnización de 20 días por año trabajado. Desde Trabajo pretende limitar este mecanismo de flexibilidad interna de las empresas y que estas no puedan invocar causas derivadas de la escalada de precios o por la escasez de materias primas para recurrir este mecanismo.

Limitar el margen de las empresas para recurrir ese artículo 41 fue una de las varias carpetas que estuvieron sobre la mesa durante la negociación de la reforma laboral, si bien se acabó cayendo del paquete de modificaciones. La patronal marcó aquí una línea roja y se negó a perder esta potestad, ganada con la reforma laboral del PP. Ahora Díaz sopesa cómo restringir temporalmente estas competencias, que ya hay compañías que están barajando, según explican fuentes de la bancada empresarial. Y es que ante el incremento vertiginoso de precios de los últimos meses y la reclamación de los sindicatos de alzas salariales que no mengüen el poder adquisitivo de los trabajadores, las compañías invocan la carta de la modificación sustancial para negociar revisiones de sueldos más contenidas.