Entre las múltiples vías a través de las cuales se puede realizar la Declaración de la Renta 2019 es la telefónica, solución que facilita todos los años los trámites tributarios a miles de contribuyentes a través del Plan 'Le Llamamos', por el cual la Agencia Tributaria se pone en contacto de manera individual con cada uno de los interesados.

El plazo para solicitar cita previa en el Plan 'Le Llamamos', por el que la AEAT llama al contribuyente previa solicitud, se aplazó en un primer momento debido a la crisis del coronavirus, por lo que se puede efectuar desde el 5 de mayo al 29 de junio, por Internet, por la 'app', o por teléfono automático (901 12 12 24 o 91 535 73 26), en el que también se podrán anular las citas de campaña de Renta, así como por teléfono con atención personal (901 22 33 44 o 91 553 00 71).

Hacienda comenzó a llamar a los solicitantes el pasado 7 de mayo y sin confirmar día y hora debido a la situación social actual. Para solicitar la llamada se necesita aportar el número de referencia, para lo que se deberá disponer del DNI/NIE, además de apuntar su fecha de validez, de expedición o número de soporte y la casilla 505 de la Renta 2018.

Quién no puede hacer la Declaración de la Renta por teléfono

No existen requisitos de Renta en el caso de la declaración telefónica, si bien hay que tener en cuenta que no pueden hacerla mediante este método los contribuyentes con ingresos de capital inmobiliario, como son los alquileres.

Los autónomos tampoco pueden utilizar este servicio por las características particulares de su declaración. Igualmente, el servicio telefónico no es operativo en los casos en los que se aplican deducciones por doble imposición internacional, regularización de cláusulas suelo o compensación de pérdidas patrimoniales de años anteriores.