El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto ley que elimina el artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que permitía el despido por acumular bajas médicas en un determinado periodo de tiempo.

Según ha explicado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros esta legislación "impide que los más vulnerables puedan ser despedidos" por tener "una baja justificada por enfermedad".

Con esta iniciativa, ha dicho Díaz: "Vamos desmontando la reforma laboral del PP, derogando una anomalía o excepcionalidad de España en relación con países del entorno que carecen de un precepto semejante".

La ministra ha agradecido al Gobierno y a los interlocutores sociales su actitud ante esta necesidad de aportar "seguridad jurídica" a los trabajadores.

Díaz ha asegurado que la iniciativa aprobada no tiene carácter retroactivo, algo que lamenta porque "sé de la urgente necesidad y de la desazón de los trabajadores que se ven afectados por esta norma", que entra en vigor mañana.

El artículo 52.d avala el despido objetivo "por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5 % de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses".