Un juez de Madrid ha reconocido a un profesor interino los derechos a efectos de antigüedad de los meses de julio y agosto y los días proporcionales de septiembre entre 2011 y 2015 en los que fue cesado para volver a ser nombrado cuando empezaba el curso escolar.

En una sentencia el juez de lo Contencioso-Administrativo número 11 de Madrid le ha reconocido dicha antigüedad al profesor, del Cuerpo de Funcionarios Interinos adscrito a la Consejería de Educación, Juventud y Deportes de la Comunidad de Madrid.

El magistrado entiende que la actuación de la Administración al cesarle el 30 de junio y nombrarle nuevamente en septiembre del mismo año supone una clara situación discriminatoria con respecto a los profesores de carrera por cuanto ejerce las mismas funciones que estos y durante los mismos periodos escolares.

El fallo establece además que se le abone la cantidad correspondiente a los salarios de dichos meses, una vez deducidas las cantidades que le fueron abonadas en concepto de parte proporcional de vacaciones.

El docente alegó que durante los cursos anteriormente citados fue cesado en sus funciones los días 30 de junio de cada uno de ellos y fue nuevamente contratado en septiembre y dejó de generar antigüedad a todos los efectos sin percibir salario alguno correspondiente a los periodos estivales.

Además se daba la circunstancia de que con anterioridad a dichos cursos escolares la fecha de cese de cada año siempre se prolongaba hasta el mes de septiembre u octubre.

También solicitó que se le reconocieran los mismos derechos respecto del curso que comenzó en 2010, pero el juez explica que en este caso ya ha prescrito por el tiempo transcurrido.