Los parados de larga duración con responsabilidades familiares y que han agotado su protección por desempleo podrán solicitar desde este jueves la ayuda de 426 euros que ha puesto en marcha el Gobierno a través del Programa de Activación para el Empleo.

Para ser beneficiario de la ayuda, deberán haber transcurrido al menos seis meses desde el agotamiento de la Renta Activa de Inserción (RAI), el Programa Temporal de Protección e Inserción (PRODI) o el Programa de Recualificación Profesional de las Personas que Agoten su Protección por Desempleo (PREPARA).

También hay que estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público competente a fecha 1 de diciembre de 2014 y carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75% del salario mínimo interprofesional y acreditar responsabilidades familiares.

Para solicitar la ayuda hay que presentar una solicitud desde este jueves hasta el 15 de abril de este año ante el Servicio Público de Empleo Estatal, en la oficina de prestaciones que corresponda al trabajador, y en el modelo oficial de solicitud, al que deberá acompañarse la documentación acreditativa de que se reúnen los requisitos exigidos, según informa la web del SEPE, donde los solicitantes encontrarán todas la información y los impresos necesarios.

La solicitud contendrá, asimismo, el 'compromiso de actividad' que deberá suscribirse por el solicitante. En virtud de este compromiso se realizarán las distintas actuaciones favorecedoras de su inserción laboral.

El Servicio Público de Empleo Estatal resolverá la solicitud en el plazo máximo de los tres meses siguientes a la fecha en que ésta se hubiera presentado. Transcurrido el plazo sin que se haya dictado resolución se entenderá que la solicitud ha sido desestimada, según informa el SEPE.

La solicitud puede presentarse en la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o en el teléfono 901 01 02 10), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo. Los solicitantes pueden consultar información en el teléfono 901 119 999.

Esta ayuda será compatible con el trabajo por cuenta ajena, a tiempo completo o parcial, y de duración indefinida o temporal, hasta un máximo de cinco meses, siempre que se desarrolle en empresas o entidades que no formen parte del sector público.

Durante este tiempo, el empresario descontará la cuantía de la ayuda económica del importe del salario que corresponda percibir al trabajador, de manera que el coste laboral esté cofinanciado entre la empresa y el servicio público de empleo.

También será compatible con las ayudas de cualquier naturaleza que se pudieran obtener por la asistencia a acciones de formación profesional para el empleo.

El demandante deberá aceptar la colocación que le sea ofrecida por los servicios públicos de empleo y comunicar situaciones que puedan dar lugar a incompatibilidad con la ayuda.

Novedades

Como novedades, el programa deberá asignar al beneficiario un tutor que elaborará un itinerario individual y personalizado en el plazo de un mes desde la solicitud de admisión. El tutor será el responsable del seguimiento del itinerario y de proponer medidas para facilitar la reinserción laboral.

Las comunidades autónomas que han asumido el traspaso de la gestión de las políticas activas de empleo serán competentes para asignar el itinerario individual y personalizado y las acciones de mejora de la empleabilidad.