La Real Federación Española de Piragüismo (RFEP), que preside el zamorano Juan José Román Mangas, ha asegurado que ha establecido un calendario electoral "adaptado a la situación actual" de pandemia de coronavirus, y ha desmentido que haya querido "retrasar o manipular" el proceso.

"La RFEP ha dispuesto un calendario del proceso electoral adaptado a la situación actual, con confinamientos en distintas circunscripciones y teniendo en cuenta las fechas que se avecinan desde el 6 de diciembre de 2020 al 6 de enero de 2021, y desmiente de manera categórica que la Junta Directiva o su presidente tuvieran intención de retrasar, anular, excluir clubes o manipular el desarrollo del mismo", señaló en un comunicado.

El organismo federativo responde así a ciertas "informaciones vertidas en algunas redes sociales", asegurando que el informe preceptivo del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) del pasado 5 de octubre "deja en evidencia las descalificaciones, falsedades y juicios de valor sin fundamento" que se han difundido "por parte de algunos miembros de la Asamblea General".

En este sentido, la RFEP explica que inicialmente publicó en su web "el proyecto de reglamento electoral", calendario incluido, que fue notificado a todos los miembros de la Asamblea "para que en el plazo de diez días naturales pudieran formular alegaciones".

Tras ello, se remitió el expediente a la Comisión Delegada para que aprobara el proyecto de reglamento electoral. Ya el 21 de julio, remitió al Consejo Superior de Deportes (CSD) la documentación requerida para poder desarrollar el proceso electoral de 2020.

El 5 de octubre, el TAD emitió "un informe sobre la modificación del reglamento electoral de la RFEP", destacándose en el apartado 2 la Orden ECD/2764/2015 establece que "La remisión del expediente al CSD deberá realizarse con una antelación mínima de un mes a la fecha prevista para la iniciación del proceso electoral de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la presente Orden".

"En este sentido, en el expediente figura que el proyecto de reglamento fue enviado el 21 de julio, y teniendo en cuenta que en la propuesta de calendario electoral incluida como anexo III se propone como fecha de comienzo de celebración de las elecciones el 23 de septiembre, se cumple la determinación fijada en la Orden de que la remisión del expediente al CSD deba realizarse con una antelación mínima de un mes a la fecha prevista para la iniciación del proceso electoral", apuntó.

Por todo ello, la RFEP considera "falsas" las descalificaciones sobre el proceso electoral, ya que remitió el expediente "dos meses antes de la fecha de inicio del proceso" el 23 de septiembre. En este sentido, asegura que el retraso en la recepción del informe del TAD el 5 de octubre "anula el comienzo del proceso electoral previsto para el día 23 de septiembre", con la celebración de la elección de presidente y de Comisión Delegada el día 20 de diciembre.

Así, consideta que la propuesta "ha quedado claramente desfasada", en cuanto señala como inicio del proceso electoral el 23 de septiembre, y que debe "procederse a su revisión". "La recepción del informe del TAD el 5 de octubre deja desfasado el calendario electoral aprobado por la Comisión Delegada, indicando que se proceda a su revisión, y dado que la CD es la competente para modificar y actualizar el calendario electoral, se convocó por consulta online a la misma el día 16 de octubre de 2020 para su refrendo el día 19 de ese mes una vez que por la RFEP se confeccionó el nuevo calendario electoral, aprobado por mayoría absoluta de sus miembros", relató.

Según apunta la RFEP, el 19 de octubre se remitió a la Subdirección General de Régimen Jurídico del Deporte, la documentación relativa al nuevo calendario electoral aprobado por la Comisión Delegada. "Para la elaboración del nuevo calendario electoral se ha tenido en cuenta, en primer lugar, el tiempo necesario para su estudio y aprobación por el CSD. Una fecha como la propuesta por algunos miembros de la CD de inicio del proceso el 26 de octubre, nos hubiera llevado a un nuevo retraso, dada la imposibilidad de aprobación por la Comisión Directiva del CSD", señaló.

Además, asegura que como se prevé que la votación presencial "no sea muy numerosa" será "muy importante facilitar el voto por correo". "Deberán depositarse los votos en las Oficinas de Correos o, en su caso, ante el Notario o fedatario público autorizante, con siete días naturales de antelación a la fecha de celebración de las votaciones. Además, se debe de cumplir con la publicación de la convocatoria en los medios de comunicación", expuso.

"En modo alguno se pretende modificar censos o que solo entraran en el censo aquellos que tramiten su licencia en los primeros 15 días de noviembre. Es una afirmación fuera de lugar, pues eso conllevaría rehacer el reglamento electoral en el fondo, modificar el cuadro de distribución y hacer un proceso electoral irreal, pues habría que contar además con el incumplimiento del anexo II sobre las competiciones, ya que la temporada anterior a la convocatoria sería la actual, 2019-2020, en la que no ha habido competición oficial, y la del inicio del proceso electoral, 16 de noviembre, sería la 2020-2021 que a la fecha de un posible inicio, tampoco habría habido competición, pues las competiciones oficiales no empiezan, prácticamente, hasta la segunda quincena de marzo", manifestó.

"Por todo lo expuesto, la RFEP traslada a todos los federados que son unas acusaciones falsas, infundadas, faltas de rigor normativo y apoyadas en el propósito de confundir, inculcar el miedo a los votantes para enturbiar el proceso electoral y crear incertidumbre", concluyó.