El caso Arandina dio ayer un nuevo paso hacia su resolución al declarar el Tribunal Superior de Castilla y León inocente al zamorano Raúl Calvo al que la Audiencia de Burgos le había impuesto 38 años de cárcel hace solo unos meses. Además, el tribunal autonómico rebaja sensiblemente las penas que habían recibido sus compañeros en la Arandina CF, Viti -ex jugador del CD Villaralbo- (tres años de prisión) y Cholo (cuatro). El Tribunal califica los hechos como un delito de abuso sexual en lugar de agresión sexual, y aprecia como atenuantes la cercanía de edad y la proximidad en el grado de madurez con la víctima.

"Soy la mujer más feliz del mundo, me ha parecido una sentencia muy justa. Han sido dos años y medio insufribles. Es lo que tengo que decir y muchas gracias por vuestro apoyo desde el primer día". Con estas escuetas palabras mostró su alegría en declaraciones a La Opinión-El Correo de Zamora, Sagrario Hernández, la madre de Raúl Calvo, jugador en la actualidad de la UD Bovedana.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJ resolvió ayer los recursos de apelación interpuestos por las defensas de los tres exfutbolistas de la Arandina, condenados por la Audiencia Provincial de Burgos a 38 años de prisión cada uno por agresión sexual a una menor de 16 años en 2017. La sentencia no es firme y ahora cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS). Sin embargo, desde el Alto Tribunal indicaron que la Sala ha decidido suspender el término para preparar el recurso de casación frente a esta sentencia hasta el momento en el que deje de estar vigente el decreto de estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus. Así, se podrá reanudar, precisaron, "en el momento en que pierda vigencia el citado Real Decreto o en su caso las prórrogas del mismo".

El Tribunal ha estimado íntegramente el recurso de Raúl Calvo y parcialmente las apelaciones de Carlos Cuadrado y Víctor Rodríguez. La Sala ha entendido que los hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual, cometido en la persona de una menor, y ha apreciado como atenuantes la cercanía de edad y la proximidad en el grado de madurez con la víctima. La Sala ha excluido totalmente de responsabilidad a Raúl Calvo, ya absuelto por la Audiencia Provincial de los hechos sucedidos en su habitación, argumentando los mismos motivos. Por otro, el Tribunal ha rebajado la culpabilidad de Carlos Cuadrado y Víctor Rodríguez y les ha condenado a cuatro años de prisión al primero y a tres años de prisión al segundo, así como a indemnizar conjunta y solidariamente a la menor con la suma de 10.000 euros.

La sentencia señala que la declaración de la menor -valorada conjuntamente con el resto de las pruebas, testificales, periciales y documentales (vídeo, conversaciones y mensajes telefónicos)- goza de plena credibilidad en cuanto a la realidad de los hechos ocurridos en el salón del piso, pero carece de ella en cuanto a la forma en que se produjeron.

En concreto, la Sala no considera probada la existencia de intimidación, al apreciar las contradicciones que se ponen de manifiesto entre su declaración -en la que atribuye lo que hizo con los tres condenados (masturbarles y practicar felaciones a los tres) al bloqueo causado por el miedo-, y la conducta observada tanto en los momentos anteriores -en los que intercambió mensajes de contenido sexual con uno de ellos y aceptó acompañarle a su casa el día siguiente-, como en los inmediatamente posteriores, en los que abandonó el salón, para mantener voluntariamente una relación sexual completa con uno de ellos en una habitación contigua, hecho declarado probado en la sentencia de la Audiencia que no ha sido impugnado, y después de lo ocurrido alardear ante sus amistades.