1.- GRUPO VIVIR se encargará de la realización de cuantos trámites sean necesarios para llevar a cabo la transformación del club en SAD, así como la gestión del club durante dicho proceso. Los trámites para iniciar la transformación deberán iniciarse en el plazo máximo de tres meses.

2.- A los efectos de llevar a cabo la transformación y tomar y ejecutar decisiones encaminadas a cumplir el Proyecto presentado, el Zamora CF otorga un poder de gestión irrevocable hasta la completa finalización y culminación del proceso de transformación del Zamora CF en SAD con las más amplias facultades de representación, incluidas las de disposición de cualesquiera elementos patrimoniales del Club Deportivo Zamora CF y las de realizar y recibir pagos en representación del Club Deportivo Zamora CF. Este poder permanecerá en vigor durante un plazo máximo de dos años, bajo condición de dar cumplimiento a los acuerdos alcanzados así como culminar la transformación en SAD y cumplir con el Proyecto presentado. En caso de existir un incumplimiento por parte de GRUPO VIVIR las facultades de gestión y apoderamiento otorgadas decaerán.

3.- GRUPO VIVIR se compromete a poner a disposición del Club hasta su transformación en concepto de préstamo la cantidad máxima de 350.000 euros para que el Club pueda pagar ordenadamente a todos sus acreedores en el plazo máximo de 90 días.

El citado préstamo o préstamos devengará un interés fijo equivalente al interés legal del dinero y su devolución será en el plazo de:

- Si GRUPO VIVIR lleva a cabo la transformación y adquiere al menos el 60% del capital social, cinco años a contar desde la finalización del proceso de transformación. En cualquier caso, la amortización total del préstamo no podrá ser realizada antes de los tres primeros años.

- En caso de que no fuera posible llevar a cabo la transformación en SAD o de que Grupo Vivir no lleve a efecto la adquisición del al menos el 60%, tres años y seis meses a contar desde que se notifique fehacientemente al Zamora tales circunstancias, salvo que, pudiendo legalmente llevarlo a efecto, GRUPO VIVIR no realice la transformación en SAD o no adquiera el antedicho capital social.

4.- Los socios del Zamora CF con derecho a suscribir acciones se comprometen a permitir que un 60% del futuro capital social sea adquirido en primer lugar por GRUPO VIVIR. A tal efecto se entenderá que los socios renuncian a su derecho a acudir en primera ronda de suscripción, salvo aquéllos socios que expresamente y por escrito dirigido al Club, lo soliciten.

5.- GRUPO VIVIR se compromete a adquirir el 60% del capital social del futuro Zamora CF SAD con el fin de que el 40% restante sea suscrito por los socios de número y demás sociedad e instituciones de Zamora. En caso de que no se cubra la totalidad del capital social fijado para la transformación en SAD, GRUPO VIVIR se compromete a adquirir las acciones que resten hasta alcanzar el 100% del capital social.

6.- GRUPO VIVIR adquiere el compromiso de:

1. En la medida de lo posible, mantener a los trabajadores que actualmente prestan servicios al Club

2. Cumplir el Proyecto presentado a la Junta Directiva y socios del Zamora CF.

3. A mantener los elementos fundacionales del Club así como a no mover al Zamora CF de la ciudad de Zamora.

4. Reinvertir en la cantera/escuela de formación directamente o a través de la fundación que se pueda crear al efecto, los fondos que por “derechos de formación” de jugadores reciba el Club.

5. Construir una plantilla para la temporada 2018/2019 con el objetivo de situar al Zamora CF como sólido candidato para conseguir el ascenso a Segunda División B.

7.- Es condición resolutoria de la totalidad de los compromisos asumidos por GRUPO VIVIR que éste, Alfredo Ruiz Plaza y Víctor de Aldama Delgado, lleven a cabo la transformación del club en SAD y ostenten, al menos, el 60% del capital social.