LaLiga ha publicado este miércoles su 'Reglamento para la Retransmisión Televisiva' aplicable a la temporada 2016/2017, por el cual se recogen sanciones para aquellos clubes que no alcancen una ocupación de al menos el 75% en la grada enfocada por las cámaras principales de televisión.

"La ocupación del estadio es parte de la percepción audiovisual del partido. En una óptima retransmisión televisiva el estadio deberá apreciarse lleno. Por ello y teniendo en cuenta que gran parte de la cobertura televisiva se realiza con las cámaras instaladas en la tribuna principal, es evidente la importancia de la ocupación de la grada opuesta a la cámara principal", expuso la organización, como argumento para lavar la imagen de los estadios desangelados en el fútbol español.

LaLiga, con su presidente, Javier Tebas, a la cabeza, recomendó "ubicar a los abonados y público asistente prioritariamente entre córner y córner de la grada opuesta a la posición de la cámara principal" con el fin de evitar multas futuras.

En la publicación consta la figura del 'director de partido', el encargado de informar sobre las ocupaciones de la grada en cada encuentro, el cual irá acompañado de "material gráfico proporcionado por la unidad móvil y de las fotos que él mismo realizará en el minuto treinta desde el inicio del encuentro" para dictaminar las resoluciones pertinentes en cada caso.

En concreto, se establece que "la ocupación de dicha grada deberá de ser de al menos el 75%, en caso contrario serán aplicables las sanciones previstas en este reglamento". "En caso de que la ocupación sea inferior al 50%, dicha sanción se duplicará", añaden, como medida para recortar las distancias con el espectáculo ofertado en la Premier League inglesa.

Por otra parte, LaLiga incluye la opción de que los equipos puedan "recurrir a los datos proporcionados por los tornos de acceso a la grada" en caso de disconformidad.

Además, se añadió la anulación de las mediciones bajo "condiciones meteorológicas adversas", como lluvia o nieve, y se explicó que "se computarán como asientos ocupados aquellos asientos que hayan sido vendidos como abono de temporada a precio de tarifa aunque en algunos partidos no sean utilizados".