Ocurre en un pueblo de Zamora: Multas de 3.000 euros a quien deteriore los caminos

El Ayuntamiento de Faramontanos de Tábara pone en vigor una contundente ordenanza

Prohibida la plantación de árboles a menos de ocho metros o estacionar vehículos en las servidumbres destinadas a pasos

Vista del pueblo de Faramontanos de Tábara

Vista del pueblo de Faramontanos de Tábara / Ch. S.

El Ayuntamiento de Faramontanos de Tábara, que preside la alcaldesa Amaranta Ratón, ha aprobado y puesto en vigor una contundente ordenanza cuyo objetivo principal será garantizar el uso adecuado de los caminos de su titularidad con el fin de preservar y defender los mismos garantizando, así mismo, su uso público y asegurando su adecuada conservación.

Cumple de esta manera el consistorio con la obligación de las administraciones públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficacia.

Se parte de la base de que los caminos de titularidad municipal son bienes de uso público y de aprovechamiento o utilización por cualquier ciudadano: "En todo caso para utilizarse de forma común especial o privativa será necesaria licencia". En muchos pueblos de la comarca los caminos se han convertidos en reinos de taifas ocupados y no respetados. Faramontanos marca la ruta a seguir.

Las infracciones muy graves podrán acarrear para los infractores multas de entre 1.500 y 3.000 euros. Se catalogan como infracciones muy graves hasta cuatro variantes diferentes: instalar cualquier objeto sobre el camino que impida el uso y disfrute del mismo por el resto de usuarios; organizar competiciones deportivas, automovilísticas o de cualquier vehículo a motor sin la correspondiente licencia o infringimiento grave de los términos de las mismas; destruir, deteriorar, alterar o modificar la naturaleza del camino, impidiendo el uso público local del mismo; y dañar o deteriorar el camino cuando se circule con unos pesos o cargas que excedan de los limites autorizados.

Las infracciones graves conllevarán una sanción económica de entre 750 y 1500 euros, considerándose como tales, entre otras: arrojar objetos de cualquier tipo, verter agua sobre la calzada; organizar competiciones deportivas, pedestres o ciclistas sin la correspondiente licencia, así como cualquier otra concentraciones máxima de personas o vehículos cuando se trate de actos populares tradicionales; arrojar cualquier objeto al camino o a sus linderos que suponga un grave riesgo para personas y bienes; circular arrastrando objetos de cualquier tipo, no guardar la distancia de un vallado respecto al camino o efectuar labores agrícolas en los terrenos colindantes a los caminos cuando las mismas supongan riesgo de pérdida del firme, desprendimiento o reducción de los caminos.

Ayuntamiento de Faramontanos de Tábara

Ayuntamiento de Faramontanos de Tábara / Ch. S.

La cuantía para las infracciones leves podrá alcanzar hasta los 750 euros. En cualquier caso, a juicio de la Alcaldía, todas las sanciones podrán ser sustituidas por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, siempre y cuando el infractor estuviese de acuerdo.

En el apartado de repoblaciones forestales se especifica que "no se podrán efectuar plantaciones de árboles frutales o de carácter forestal cerca de los caminos sino a la distancia de 8 metros respecto de la arista exterior de la explanación".

Con carácter general se prohíbe arrojar objetos líquidos o de cualquier naturaleza; abandono de vehículos en ellos; instalar o colocar obstáculos que menoscaben, dificulten o impidan la libertad de movimiento de los usuarios o un uso abusivo de la red viaria: "Los vehículos estacionados en los caminos rurales del término municipal, públicos o privados, para carga o descarga de mercancías, no entorpecerán el tránsito rodado y dejarán espacio suficiente para el paso de otros vehículos y personas debiendo observar al efecto, las normas del reglamento de circulación en lo que respecta a la señalización".

El Ayuntamiento se guarda el derecho a poder limitar los accesos de los caminos a las fincas privadas y establecer los lugares en que tales accesos puedan construirse por razones técnicas.

Una fiesta en Faramontanos de Tábara

Una fiesta en Faramontanos de Tábara / Ch. S.

La celebración de romerías populares o concentraciones con una numerosa afluencia de usuarios podrán dar lugar a restricciones que consistirán en limitaciones de velocidad, sentido único de la marcha para vehículos en determinadas ocasiones y todas aquellas que sean necesarias a juicio del consistorio con vistas a preservar la seguridad de las personas y los bienes. En los casos de autorización de celebraciones de competiciones deportivas (carreras pedestres, ciclistas, motociclistas o automovilísticas) se podrá cerrar al uso general el camino o caminos por donde discurran “durante el tiempo indispensable para su desarrollo”.

Faramontanos de Tábara fue uno de los pueblos pioneros en plantar cara al minifundismo con una iniciativa que nacía hace ya 43 años. En 1980 un Real Decreto por el que se declaraba de utilidad pública y urgente ejecución la concentración parcelaria de Faramontanos de Tábara. Como motivos se esgrimieron "los acusados caracteres de gravedad que ofrece la dispersión parcelaria de la zona de Faramontanos de Tábara", puesta de manifiesto por los agricultores.

La concentración afectaba una superficie de 3.810 hectáreas de terrenos aportadas por 762 propietarios diferentes que sumaban en su conjunto un total de 16.189 minifundios que se vieron reagrupados en solamente 2.200 fincas de remplazo. Fue aprobada e1 de enero de 1992 y su ejecución supuso el cumplimiento de uno de los mayores sueños para los vecinos. La defensa de los caminos rurales de uso público ha sido durante siglos en la comarca natural de Aliste, Tábara y Alba los más perjudicados junto a las cañadas, veredas y cordeles al verse ocupados unas veces por los propietarios colindantes e incluso por las carreteras.

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