El Procurador del Común da la razón a la denuncia del PSOE contra el alcalde de Fonfría

“La resolución deja claro que la actuación del alcalde del Partido Popular ha sido irregular durante todo el mandato municipal”, manifiestan desde el PSOE

Ayuntamiento de Fonfría.

Ayuntamiento de Fonfría.

I. F.

El Procurador del Común de Castilla y León ha dado respuesta a la denuncia formulada por el Portavoz Municipal del PSOE en el Ayuntamiento de Fonfría, Santiago Santiago López, por los “nombramientos durante el actual mandato por parte del Alcalde del Partido Popular, delegando competencias de su cargo en personas totalmente ajenas a los Concejales siendo éstas personas vecinos del municipio, afines al PP, que vienen acudiendo a los plenos, tomando la palabra, accediendo a los expedientes administrativos que luego son debatidos y aprobados en el orden del día de las sesiones, como si se tratara de concejales electos”.

El Portavoz socialista de Fonfría también viene denunciado durante todo el mandato municipal que a estas personas se les han abonado las retribuciones económicas por asistencia a Plenos previstas exclusivamente para los miembros electos de la Corporación.

Respuesta a la denuncia

Pues bien, en su respuesta a la denuncia formulada por el PSOE el Procurador del Común de Castilla y León señala, entre otras consideraciones, que “la designación de alcaldes de barrio en los núcleos de población separados que no estén constituidos en entidad local menor, no puede fundamentarse en los preceptos que cita, el artículo 21.3 LBRL y 43 ROF, dado que se refieren a la posibilidad de delegación de las competencias del Alcalde, pues esa delegación no cabe en personas que no sean miembros de la Corporación”.

Y añade en sus consideraciones que “el alcalde de barrio no es un cargo electo ni tiene la condición de miembro de la Corporación Local, es un representante personal designado libremente por el alcalde”.

El Procurador del Común recomienda que “previo informe de Secretaría, considere el Pleno la revisión o la modificación del acuerdo plenario que equipara el régimen retributivo de los representantes personales del Alcalde en los barrios al de los corporativos”.

Para el Portavoz Municipal del PSOE, Santiago Santiago López, la resolución del Procurador del Común de Castilla y León “da la razón a la denuncia del Grupo Socialista y deja claro, nítidamente, que la actuación del alcalde del Partido Popular en Fonfría ha sido irregular durante todo el mandato municipal”.