Los vecinos del municipio de Gallegos del Río (Valer de Aliste, Domez de Alba, Flores, Puercas, Tolilla y Lober) no pagarán impuesto alguno por los escombros de obras menores cuando estos no superen los 50 kilos.

Así lo establece la nueva ordenanza sobre la gestión de residuos de construcción y demolición aprobada por la Corporación Municipal que preside el alcalde Pascual Blanco Martín. El objetivo principal es “asegurar el correcto destino y su tratamiento”, cumpliendo la legislación vigente y evitar los vertidos descontrolados en vertederos ilegales o terrenos tanto públicos como privados.

Se acabará de esta manera el descontrol, –común en el mayoría de los pueblos alistanos–, donde los escombros terminaban muchas veces tapando baches en caminos, en cunetas de carreteras y praderas. Lo que es aún peor, en los contenedores de la recogida de residuos sólidos urbanos de la Mancomunidad de Servicios “Tierras de Aliste” con el consiguiente riesgo para el camión recolector compactador. En algunos casos incluso ya hubo quejas de que en pueblos del municipio se venían a verter escombros de otros ayuntamientos y pueblos.

Aplicación de la normativa

El ámbito de aplicación son “las obras de edificación y construcción de planta nueva y de reforma, rehabilitación o de reparación, demoliciones de edificios y bienes inmuebles y obras de urbanización y trabajos que modifiquen la forma o la sustancia del terreno o del subsuelo, tales como las excavaciones, los movimientos de tierras o inyecciones”.

Se exceptúa la aplicación de la ordenanza a los movimientos de tierras y piedras en las actividades agrícolas y forestales por vecinos, agricultores y ganadero. También se exceptúa el almacenamiento y movimiento, si no están contaminadas por sustancias peligrosas, reutilizadas en la misma obra, en obra distinta o en una actividad de restauración, acondicionamiento o relleno, siempre y cuando pueda acreditarse su reutilización de los denominados RDC (Residuos de Construcción y Demolición).

La puesta en vigor de la nueva normativa en el municipio de Gallegos del Río trae consigo la prohibición de “arrojar o abandonar cualquier tipo de residuos en la vía pública incluidos enseres, muebles y voluminosos en lugares y horarios diferentes a los especificados por el Ayuntamiento”. Tampoco se permite arrojar o abandonar cualquier tipo de residuos en el término municipal. No se podrá ocupar el dominio público local con contenedores de residuos sin autorización y licencia de obra y abono de la tasa de su ocupación.

Miembros de la corporación municipal. | Ch. S. Chany Sebastián

El Ayuntamiento pondrá en marcha un servicio de recogida de residuos de obra menor que comprenderá la instalación de un contenedor en una ubicación adecuada. También la reposición cuando sea preciso y la recogida, transporte y tratamiento por un gestor autorizado”. Los residuos domésticos de construcción y demolición de obra menor podrán depositarse en los contenedores de recogida de residuos urbanos de fracción resto, siempre y cuando esa cantidad sea inferior a 50 kilos y no se disponga en el municipio de un sistema de recogida selectiva para tal fin.

Caso de no existir un sistema de recogida selectiva podrán depositarse residuos domésticos hasta 2 metros cúbicos, pero el depositante deberá indicar la procedencia: obra, poseedor inicial o ejecutor, productor o titular.

Cuando se produzcan residuos de obra menor en cantidades superiores a los 5 metros cúbicos el Ayuntamiento de Gallegos se del Río podrá instar al titular de la licencia a gestionarlos por si mismo mediante la entrega a un gestor de residuos autorizado. En este caso el promotor deberá constituir una fianza como garantía de la correcta reposición de los servicios y bienes municipales. La cuantía de la fianza o garantía financiera será de 220 euros, la cual será devuelta una vez se cumplan las condiciones de terminación de obra.

A partir de los 50 kilos y hasta 2 metros cúbicos de residuos la tasa se ha establecido en solamente 10 euros. A partir de ahí se incrementará la tasa a razón de 10 euros por cada fracción de metro cúbico. Cuando el titular los entregue por su cuenta directamente autorizado no se aplicará tasa.

A la Fiscalía los actos que pongan en riesgo la salud de las personas

En el caso de la obra mayor el promotor deberá añadir entre la documentación de la licencia de obras, cuando sea requerido, un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que además integrará inventario de cantidad, medidas de prevención y operaciones de reutilización, valorización o eliminación a que se destinarán. Previo al inicio de las obras mayores el promotor deberá depositar una fianza de 11 euros por tonelada o 17 por metro cúbico de s que no sean tierras de excavación, con un mínimo de 1.000 euros. En cuanto a infracciones, si la actuación realizada por el infractor “supone riesgo potencial para la salud de las personas, para el medio ambiente, o para cualquiera de los bienes jurídicos amparados por la legislación penal e implica una manifiesta desobediencia de la autoridad local, la Administración Municipal cursará la correspondiente denuncia ante la jurisdicción ordinaria y, si es el caso, se dará cuenta al Ministerio Fiscal”.

Multas

En el caso de vulneración de la ordenanza municipal y con independencia de la imposición de las multas procedentes, el Ayuntamiento podrá optar por diferentes medida. Por ejemplo, “suspender provisionalmente la licencia de obra y ordenar tanto la aplicación de medidas técnicas adecuadas, como la reposición de los daños y perjuicios ocasionados a las instalaciones o cualquier otro bien del dominio público que resulte afectado”. La ordenanza ha entrado en vigor una vez que, tras ser aprobada, y pasar la exposición publica sin que presentara ni una sola alegación a ella. Una vez en marcha la normativa la prioridad se centrará en la restauración de las escombreras existentes. Entre ellas destaca la de “La Portilla” de Valer creada en el año 1991 sin permiso por la empresa que construía la variante de Manzanera, para tirar las rocas extraídas. En esta escombrera es habitual el vertido por personas particulares e incluso empresarios de otros municipios al situarse justo junto a la carretera de la Diputación Provincial de Zamora. Las calles, plazas y espacios de dominio público deberán ser eso, vías de transito, nunca zonas para donde los vecinos puedan depositar materiales o enseres que a veces se tiran varios años los espacios urbanos.