El Ayuntamiento de Manzanal de Arriba deja sin contestar los recursos a la ordenanza de los Comunales de Manzanal de Arriba. El pleno del Ayuntamiento de Manzanal ha sido convocado para hoy, 24 de diciembre, con el fin de aprobar definitivamente la modificación de las Ordenanzas Municipales que regulan el aprovechamiento de terrenos Comunales.

Los recursos presentados por vecinos y granaderos no han sido contestados por el Ayuntamiento, como han denunciado los recurrentes, en concreto en lo que afecta a la privación de aprovechamiento de los comunales condicionado a “no haber sido sancionado mediante resolución firme por la comisión de una infracción grave o muy grave en materia de aprovechamientos comunales sin haber cancelado la falta”.

Una comisión municipal se atribuye la decisión de calificar acciones y sanciones, comisión que “carece de fundamente jurídico para establecer infracciones graves o muy graves que implican la pérdida de “derechos fundamentales”. Para los recurrentes, la ordenanza priva a los vecinos de un derecho “expuestos a la arbitrariedad de una Comisión vecinal”.

Obligaciones fiscales

Algunos de los artículos son tachados en los recursos de “abusivos” como condicionar su uso a hallarse al corriente de las obligaciones fiscales u otras normativas no relacionadas directamente con su uso. Supone una doble sanción ya que el incumplimiento de una ordenanza ya conlleva su penalización.

Los recurrentes señalaron además otra doble penalización cuando se produce un daño, en caminos, cunetas o cañadas, cuando es reparado voluntariamente en un tiempo prudencial. “Debe matizarse que únicamente será falta grave cuando dicho deterioro no sea reparado” dentro de un plazo razonable. En el supuesto de abandono de residuos “debe excluirse de forma clara” aquello que represente un aprovechamiento normal, como “el abonado de praderas cuando el aprovechamiento sea de pastos”.