Plan Hidrológico del Duero 2022-2027 también cuenta con la desaprobación de las distintas empresas, asociaciones y clubes deportivos que aprovechan los usos recreativos del embalse de Ricobayo. Estas entidades privadas se unieron el pasado verano cuando Iberdrola, con el consentimiento de la Confederación Hidrográfica, llevó a cabo el desembalse del pantano hasta sus cotas mínimas entre los meses de junio y julio para producir electricidad.

Las entidades privadas han redactado alegaciones al citado Plan Hidrológico en las que piden que a la hora de realizar las propuestas de volúmenes y desembalses de Ricobayo se tengan en cuenta “su repercusión en toda su longitud”.

Con unos 40 kilómetros de longitud desde la cabecera hasta la cola y unos 120 kilómetros de Ribera, este embalse abarca territorio de 19 municipios diferentes. “Un descenso mínimo del nivel en la zona baja, donde hay grandes profundidades, repercute sensiblemente en su zona alta, donde pierde un gran porcentaje de su escasa profundidad de cauce semiplano en pueblos como Perilla de Castro, San Cebrián de Castro, Fontanillas de Castro, Riego del Camino, Moreruela de Tábara, Santa Eulalia de Tábara, Granja de Moreruela, Faramontanos de Tábara, Bretó y Bretocino, dejando algunas riberas inútiles y enfangadas tanto para las personas como para la fauna”, argumentan en sus alegaciones las entidades privadas.

Por ese motivo, recuerdan que el artículo 50 de la Ley de Aguas habla de los usos comunes como “beber, bañarse, otros usos domésticos y abrevar el ganado “, y que el artículo 51 habla de los usos relacionados con la navegación y flotación. “En el caso de un descenso de entre 10 o 12 metros en el nivel del pantano puede dejar con poco fondo de agua embalsada a muchos municipios de la zona más alta, y a otros sin el más mínimo cauce, privando con ello de los usos fundamentales a sus habitantes, ganaderos, agricultores, turistas y pescadores”. También supone una amenaza, recuerdan, para la amerización de aviones de extinción de incendios, como ya sucedió el pasado verano.

Además, las entidades privadas que presentan estas alegaciones entienden que tanto el Pacto Verde Europeo, como el Acuerdo de París de 2015, los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Naciones Unidas, las directivas comunitarias de Marco del Agua 2000/60, de Hábitat 92/43, de Aves 2009/147, la modificación de la Ley de Aguas en su artículo 55.2, el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, las distintas normativas medioambientales, nacionales y autonómicas, las propias previsiones del Plan Hidrológico del Duero 2022-2027 de escasa pluviometría, la sensibilidad del propio Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico y por último, “el buen talante y predisposición de la presidenta de la CHD” deberían contribuir al mismo objetivo: “preservar un nivel de reserva de agua anual adecuado y racional en pro de la reciente reforma de la Ley de Aguas auspiciada por la propio ministra de Transición Ecológica y Reto Demográfico”.

Esta reforma del artículo 55.2 de la Ley de Aguas, el pasado mes de septiembre dice por un lado que la explotación racional del agua tiene “la finalidad de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente”. Por otro lado, que la fijación de los caudales y de reservas embalsadas “deberá permitir el ejercicio de los usos comunes” y que “se procurará que la explotación racional resulte compatible con el desarrollo de las actividades económicas sostenibles ligadas a la dinamización de los municipios ribereños”.

Las entidades privadas entienden que el texto legal habla “de todos los municipios ribereños, no de algunos”.

Los niveles mínimos fijados por la CHD, insuficientes

En cambio, la segunda propuesta de desembalses y reservas mínimas de agua para el 2022-2027 redactada por la Comisaría de Aguas “nos aboca inevitablemente a una nueva ruina económica y social en la ribera del embalse de Ricobayo”. Seis años más de “ruina” para esta zona de la España Vaciada tras una década de crisis económica, seguida de dos años de pandemia y especialmente el último verano, donde la actividad turística fue nula tras el desembalse, que empezó antes del verano.

Tras evaluar en el trámite de audiencia esa segunda propuesta de la Comisaría de Aguas, las entidades privadas de Ricobayo se preguntan “para qué a servido la reforma del artículo 55.2 de la ley de Aguas, realizada el 14 de septiembre de 2021”.

La propuesta pretende que el embalse de Ricobayo pueda descender hasta el 34% (400 hectómetros cúbicos) en verano y hasta un 8% (101 hectómetros cúbicos) el resto del año, unas cifras calificadas de “escuálidas” y “paupérrimas” por estas entidades, que apuntan al cierre de bares, restaurantes, tiendas de pesca, casas rurales, empresas de alquiler de kayaks y hasta de los clubes deportivos con bases náuticas, que ya están perdiendo socios.

Por eso, frente al plan de la CHD estas entidades proponen el doble de volumen en verano, un mínimo de un 70% del volumen máximo, entre los meses de junio y octubre. La presa debería embalsar 840 hectómetros cúbicos en ese periodo y un mínimo de 660 hectómetros cúbicos el resto de meses del año “dando cumplimiento al objetivo legal de la última reforma del artículo 55.2 de la Ley de Aguas”. 

Incluso apuntan a utilizar como reserva el embalse de Almendra, que tiene un sistema para revertir el agua que desembalsa, “para que el de Ricobayo pueda sobrevivir de junio a octubre”.

Por último, piden la reforma del artículo 60 de la Ley de Aguas que establece un criterio general de prioridades en la gestión de desembalses se reforme para incorporar el sentido de la última reforma del artículo 55.2, dando prevalencia al desarrollo de actividades económicas en los municipios ribereños sobre el criterio del uso industrial de producción de energía.

Multimatriculaciones de barcos

En otro orden de cosas, las entidades privadas de Ricobayo también han presentado alegaciones contra la obligación de tener que volver a matricular para navegar en los embalses del Duero embarcaciones que ya tienen una matrícula de otra cuenca o de Capitanía Marítima. “No tendría sentido alguno que un vehículo terrestre tuviese que adquirir más de una matrícula por transitar por las distintas comunidades autónomas”, esgrimen.

En el caso de artefactos pequeños como kayaks o canoas piden directamente la supresión de la obligación de solicitar matrícula y pagar un canon, “ya que por sus reducidas dimensiones y escasa velocidad no entrañan riesgo alguno”.

Autorizaciones para eventos

La última de estas alegaciones piden que el Plan Hidrológico 2022-2027 contemple la posibilidad de pedir autorizaciones de navegación por periodos cortos para ser utilizadas mientras duren campeonatos de pesca, regatas o eventos similares, cargo la organización de la prueba de su solicitud, información y pago del canon.