Varapalo para las pretensiones de la Junta de Castilla y León, ganaderos y cazadores. La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado la suspensión solicitada por el Gobierno de Cantabria de la orden del Ministerio para la Transición Ecológica por la que se incluía al lobo de la zona norte del Duero en el listado de especies silvestres en régimen de protección especial (Lespre).

La decisión, que en la práctica mantiene la prohibición de la caza del lobo, repercute directamente en Zamora y en la batalla jurídica emprendida por las comunidades autónomas loberas -Castilla y León, Cantabria, Galicia y Asturias- y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico por la prohibición de la caza del lobo al norte del Duero, una medida tomada de forma unilateral por el Gobierno de España, mediante orden ministerial de la vicepresidenta tercera, Teresa Ribera.

La decisión cae como un jarro de agua fría entre los sindicatos agrarios que temen que el recurso presentado por Asturas, Castilla y León y Galicia tenga un resultado similar.

Los magistrados de la Audiencia Nacional fundamentan su decisión en el hecho de que el control del lobo en Cantabria supondría un "daño irreversible e irreparable".

En su recurso, el Gobierno de Cantabria defendía que la supervivencia de la especie no se iba a ver amenazada si se mantenía la situación antes de la inclusión de la especie en el Lespre, porque lo que se ha buscado con la nueva orden ministerial es procurar la expansión del lobo.

Alegaba que el Gobierno central se estaba inmiscuyendo en competencias de las comunidades autónomas y alertaba de que la nueva normativa genera mucha conflictividad con los ganaderos.

El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, se opuso a la suspensión alegando que la facultad de acordar la protección de una especie por parte del Ministerio para la Transición Eclógica no supone, en ningún caso, una invasión de las competencias cinegéticas de las comunidades autónomas, pues la protección del medio ambiente y biodiversidad es una competencia exclusiva del Estado.

En relación con los posibles daños al ganado por los ataques del lobo si se mantiene la orden, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional indica que “serían perjuicios reparables económicamente, es decir, podrían ser objeto de una indemnización a través de los cauces legalmente establecidos al efecto”. Por ello, entiende que debe prevalecer en este momento procesal el interés general de conservación de la especie sobre esos posibles daños económicos.

La Junta de Castilla y León tiene presentado un Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional contra la Orden Ministerial que incluye el lobo ibérico en el Listado de Especies de Protección Especial, LESPRE. El recurso, consensuado con los representantes de las comunidades autónomas de Asturias, Cantabria y Galicia, solicita medidas cautelares que paralicen la aplicación de la Orden por los daños que causará en nuestro territorio.

TODO SOBRE LA GESTIÓN DEL LOBO