La Audiencia Provincial de Zamora ha estimado el recurso de apelación interpuesto por L. R. (ex director de la Residencia La Natividad de Roelos de Sayago) y ha acordado la libre absolución de los hechos que se le imputaban. El fallo de la Audiencia Provincial, de 26 de marzo de 2021, revoca la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal de Zamora el 13 de noviembre de 2020 que condenaba a L. R. a seis meses de prisión por el empadronamiento de la residente con deterioro cognitivo. Unos hechos juzgados a raíz de la querella interpuesta por A. T. H., de Fresno de Sayago, familiar de la usuaria de la Residencia.

La sentencia de la Audiencia Provincial precisa que “no existe prueba alguna que lleve a realizar declaraciones contenidas en los hechos probados, basándose la juzgadora en la instancia en suposiciones y conjeturas que carecen de las premisas lógicas que permiten sustentar dichas declaraciones. Por ello, y conforme a los principios que deben de informar nuestro Derecho Penal no puede dictarse sentencia condenatoria del mismo, pues no existe prueba directa ni indiciaria que lleve a considerar al apelante el autor de la firma del documento dubitado, solicitud de cambio de empadronamiento de la finada, madre del querellante. Por todo ello, entiende que debe dictarse sentencia absolviendo al mismo de los hechos por los que ha sido condenado”.

La Audiencia argumenta que “no se aceptan los hechos probados contenidos en la sentencia objeto de recurso” y a juicio de la Sala “no resulta acreditado que el recurrente haya sido ni el autor directo ni el autor mediato del delito investigado”.