Santiago López Alonso es un vecino de 94 años de Ilanes de Sanabria que ha recibido con perplejidad la notificación del expediente sancionador abierto por la Subdelegación del Gobierno de Zamora por la presunta comisión de una infracción grave sancionada con 600 euros.

Los hechos denunciados se remontan al 2 de abril del año pasado, es decir, en pleno periodo de confinamiento, cuando el anciano “se había dirigido desde su domicilio a su huerto a realizar labores de labranza”, según apunta su hijo, Juan Carlos Robledillo. Fue entonces cuando fue sorprendido por agentes del puesto de la Guardia Civil de El Mercado de El Puente, quienes denuncian al vecino de Ilanes “por encontrase en la vía pública sin hallarse comprendido en ningún supuesto de los permitidos durante la declaración del estado de alarma”. Los propios agentes reflejan en el escrito que “la persona denunciada manifestó que había ido a dar un paseo a una finca a ver si había verdura”. Unos hechos, que según señala la denuncia, “pueden ser constitutivos de una infracción grave”, al ser considerado como un “presunto acto de desobediencia de las limitaciones acordadas durante la vigencia del estado de alarma”.

La multa impuesta es la mínima sanción establecida en casos de infracciones graves de este tipo, que pueden alcanzar un máximo de 30.000 euros en relación con “el riesgo producido para el mantenimiento de la seguridad ciudadana y la trascendencia del perjuicio causado en prevención de la salud pública para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”.

El hijo de Santiago López califica la denuncia “de improcedente y desproporcionada tanto por su motivación, como por su destinatario”. En este sentido recuerda que su padre es una persona que sufre una discapacidad, al faltarle tres dedos de su mano derecha. Juan Carlos López también considera que la sanción responde a una situación “irreal por la situación geográfica en la que se produce el hecho denunciado en una pedanía deshabitada y al aire libre durante el tránsito desde el domicilio a su huerto”.

Desde el punto de vista del hijo del denunciado, “este celo en el cumplimiento del deber del Cuerpo denunciante no se viene contemplando en la comarca durante toda la pandemia en situaciones que sin ningún tipo de dudas y a diferencia de la expuesta si atentan efectivamente contra la salud pública de los sanabreses (aglomeraciones, reuniones familiares, uso indebido o ausencia de la mascarilla, entre otras situaciones)”. Por ello, concluye que “tal vez por ello podría considerarse una injusticia y un agravio comparativo”.

Además, el hijo del denunciado destaca que cuando fue sorprendido por los agentes de la Guardia Civil, su padre se dirigía desde su domicilio a su huerto “a realizar labores de labranza para cuidar sus hortalizas que utiliza en su alimentación y que alivian su economía”. En este sentido, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, sí contempla como actividades permitidas a las limitaciones de movilidad, “la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad”. Por todo ello, Juan Carlos López, anuncia su intención de presentar alegaciones en nombre de su padre a la sanción recibida que, según subraya, “ha sido un disgusto tremendo para mi padre, resulta inaudita y una falta de compasión”. Según argumenta, “nuestros mayores no merecen desconsideraciones como esta por un Cuerpo tan prestigioso y admirado y que a todas luces supone una excepción pero de la que quiero dejar constancia por si la razón me acompañara”.

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