El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite la denuncia presentada en enero de 2019 por parte de un particular contra el alcalde de Puebla de Sanabria, José Fernández Blanco, en la que alegaba que la iluminación navideña del municipio incumplía la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León y, por lo tanto, que el regidor habría cometido un delito de prevaricación.

El alto tribunal, sin embargo, ha dictaminado que la denuncia “no presenta elemento alguno que apoye la afirmación de que José Fernández Blanco pudo cometer un delito de prevaricación”, y por lo tanto ha decidido su inadmisión y archivo.

En diciembre de 2018 Puebla de Sanabria ganó el concurso organizado por Ferrero Rocher en colaboración con Mediaset, y como premio la marca de bombones adornó la Plaza Mayor y otras calles del casco histórico con una vistosa iluminación navideña que atrajo a decenas de miles de turistas a la villa. La decoración incluía el logotipo de la marca de bombones en la fachada de la casa consistorial, hecho sobre el cual se apoya la denuncia presentada por el ciudadano particular y rechazada por el Tribunal Supremo.

El caso llegó hasta el alto tribunal debido a que José Fernández Blanco es, además de alcalde de Puebla de Sanabria, senador por la provincia de Zamora, y como parlamentario nacional tiene la condición de aforado en el Tribunal Supremo, por lo que es a este órgano al que le tocaba valorar los hechos denunciados.

La denuncia ha tenido un recorrido bastante corto, ya el 10 de junio el Ministerio Fiscal instaba al Supremo al archivo de las actuaciones contra el alcalde de Puebla. No obstante, la Sala de lo Penal que preside el juez Manuel Marchena realizó un examen provisional de la denuncia para verificar si se consignaban hechos que pudieran ser delictivos, y concluyó que no era así.

El auto judicial, al que ha tenido acceso este diario, afirma con rotundidad que la denuncia “no aporta indicio alguno de que la persona aforada hubiera dictado una resolución que pueda ser calificada de injusta, en sentido jurídico penal”.

El tribunal compuesto por los jueces Marchena, Antonio del Moral y Pablo Llarena argumenta en el auto que “para la comisión del delito denunciado no basta, según la jurisprudencia reiterada de esta Sala, la mera ilegalidad, la mera contradicción con el derecho, pues supondría anular en la práctica la intervención del control de los tribunales del orden contencioso-administrativo, ampliando desmesuradamente el ámbito de actuación del derecho penal, que perdería su carácter de última ratio”.

De acuerdo con esta jurisprudencia, “el derecho penal solamente se ocupará de la sanción de los ataques más graves a la legalidad, constituidos por aquellas denuncias que superan la mera contradicción con el derecho por suponer un ataque consciente y grave a los intereses que las normas infringidas pretenden proteger, lo que no consta en el caso de los autos”.

Las luces doradas que la marca de bombones regaló a Puebla de Sanabria volvieron a encenderse en las navidades de 2019, en las que el ayuntamiento adquirió nuevas luminarias para extender la decoración a la zona del castillo.