El Ayuntamiento de Fonfría (Bermillo de Alba, Castro de Alcañices, Fornillos, Moveros, Brandilanes, Ceadea y Arcillera) cerró el año 2019 con la aprobación de una nueva ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la instalación de explotaciones apícolas que entrará en vigor en febrero de 2020 una vez pase el período de exposición pública.

La iniciativa contó con el apoyo de los siete ediles de la Corporación Municipal: Sergio López (alcalde), Ignacio Martín, Martín del Río y Francisco Porto (PP); Valentín Macho (Ciudadanos) y Santiago Santiago y Gabriel González (PSOE).

Entre las novedades aparece que cualquier apicultor que desee instalar su explotación en el municipio deberá indicar el lugar exacto de la ubicación y, caso de no ser propietario, presentar la autorización por escrito del dueño de la finca a dedicar a colmenar.

Fonfría es ya la segunda vez que aprueba una ordenanza apícola. A finales de diciembre del año 2018 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León declaraba nula la primera ordenanza apícola del municipio aprobada siendo alcalde Jesús Lira del Río y puesta en vigor el día 13 de junio de 2016, al considerar el TSJ que entraba en contradicción con el ordenamiento jurídico, atendiendo al recurso que había presentado la Asociación Cacereña de Apicultores.

Anteriormente el TSJ había anulado también parte de la normativa apícola del municipio de San Vitero (San Cristóbal de Aliste, El Poyo, San Juan del Rebollar y Villarino) en este caso recurrida por la Asociación de Apicultores Salmantinos y por el sindicato Asaja Salamanca.

La ordenanza precisa que "constituye el hecho imponible de la tasa, la actividad municipal, técnica y administrativa previa al otorgamiento de las necesarias licencias o autorización para la instalación de colmenas, tendente a verificar si reúnen las condiciones exigidas por la legislación vigente, así como por las correspondientes ordenanzas y reglamentos municipales o generales para su normal funcionamiento".

Constituirá la base imponible el número de colmenas de cuya instalación se solicite. La tarifa se abonará por una sola vez y será de tres euros por colmena y año, con independencia del número de meses que estén instaladas en cada anualidad. No se concederá exención ni bonificación alguna en la exacción de la tasa. La obligación de contribuir una vez nacida, no se verá afectada, en modo alguno por la denegación de la licencia solicitada o por la concesión de ésta condicionada a la modificación de las condiciones de instalación".

En la de 2016 había dos cuotas diferentes una de 3 euros por colmena para los asentamientos estantes y otra de 4 para los trashumantes y se incluía una bonificación del 75% para los titulares de explotaciones apícolas que fueran vecinos del municipio: "Las instalaciones consideradas de autoconsumo estarán exentas del pago del precio, si su titular está empadronado en el municipio de Fonfría" se decía antaño.

La tasa por el otorgamiento de la licencia o la autorización de instalación de las colmenas se exigirá en régimen de autoliquidación, debiendo el sujeto pasivo en el momento de presentar la correspondiente solicitud, acreditar el ingreso del importe total estimado de la deuda tributaria, a cuenta de la liquidación definitiva que corresponda.

Nunca se podrá realizar una instalación apícola en ninguno de los ocho pueblos del municipio. "En tanto no se haya efectuado el pago correspondiente. Simultáneamente a la presentación de la solicitud, los interesados deberán autoliquidar la tasa". En el caso de resolución denegatoria por parte de la Administración, por causas no subsanables: "La cuota a liquidar será del 75% de la que correspondería en caso de otorgarse la licencia para la actividad". Dicha tasa se reduciría al 25% en el caso de que el apicultor interesado renunciase a la licencia o autorización antes de recaer l acuerdo municipal. En la 2016 había un artículo dedicado a la trashumancia que desaparece de la normativa actual.

En la actualidad se encuentran recurridas ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León las ordenanzas apícolas de varios municipios alistanos. En el mes de mayo del pasado año la extremeña Asociación Cacereña de Apicultores interpuso un recurso contencioso administrativo frente al Ayuntamiento de Samir de los Caños, cuya Corporación Municipal preside el alcalde Francisco Belver Crespo, sobre la ordenanza fiscal que había sido puesta en vigor el día 9 de abril de 2019 tras su aprobación en una sesión ordinaria celebrada el 18 de junio de 2017.

A finales del pasado verano la Asociación de Apicultores Salmantinos presenta un recurso contencioso administrativo frente al Ayuntamiento de Figueruela de Arriba (Figueruela de Abajo, Moldones, Flechas, Riomanzanas, Gallegos del Campo y Villarino) contra la ordenanza puesta en vigor el 14 de junio de 2019.