El Ayuntamiento de Tábara ha aprobado una ordenanza reguladora del vertido de purines, estiércoles y otros residuos ganaderos en su término municipal que establece una serie de restricciones y gravámenes, como por ejemplo por el transporte de estos residuos por las vías de titularidad municipal a razón de 20 euros el kilómetro. El dinero recaudado se destinará a un "fondo de restauración" para invertirlo en estudiar y reparar el impacto sanitario, medioambiental y económico generado por los estos productos.

Con esta normativa, el Gobierno municipal de Antonio Juárez tiene la clara intención de blindar el municipio frente a los posibles efectos adversos de las nuevas granjas de porcino proyectadas en la comarca tabaresa. En la propia exposición de motivos de la ordenanza se reconoce que "actualmente se está viviendo una oleada de actividades que acarrean un vertido a nuestros terrenos de purines ganaderos, estiércoles y otros residuos" que tienen "una serie de perjuicios sanitarios y medioambientales" entre los que cita la contaminación del suelo, de las aguas, el intenso olor o el aumento de la concentración de cobre en el suelo que es absorbido por la vegetación, la pérdida de empleo y la depreciación de los bienes existentes en el municipio.

El almacenamiento de purines o estiércol requerirá de una autorización por parte del Ayuntamiento de Tábara y estará gravada a razón de 30 euros por metro cuadrado de superficie ocupada por cualquier instalación de almacenamiento. Además prohíben agitar los purines, salvo en el momento de su aspiración si las bombas de succión quedan atrancadas.

El transporte de estos residuos por las vías y caminos de titularidad municipal también requerirán de la pertinente solicitud y del pago de una tasa de 20 euros por cada kilómetro que recorra cada uno de los vehículos que lleve desechos ganaderos. Además, se prohíbe a estos vehículos pasar por las calles del casco urbano, circular por los caminos municipales de una instalación de almacenamiento a otra instalación de almacenamiento y se prohíbe, sobre todo, la circulación por caminos y vías públicas a vehículos que transporte purines originados fuera del municipio de Tábara. Tampoco se podrá transitar con estos materiales en los 7 días anteriores al 15 de agosto, con motivo de la celebración de las fiestas patronales de Tábara.

El vertido solo se podrá realizar en terrenos agrícolas sembrados o que se vayan a sembrar en el plazo de tres meses, y siempre que no se prevean lluvias en las 48 horas siguientes. El vertido también requiere de autorización municipal y de una comunicación de la ejecución en los cinco días posteriores al vertido, detallando las cantidades vertidas en cada parcela.

Pero lo más importante es que la normativa crea una serie de "lugares de interés vecinal" donde no se puede ni almacenar ni verter purín, y que protegen a una buena parte del término municipal: el casco urbano y 2.500 metros a su alrededor; naves y corrales y 1.000 metros a su alrededor, y en el entorno de otros lugares de almacenamiento de purines o estiércol, de los parajes de La Folguera, El Bosque o Los Pedregales, en el entorno de los caminos, en el entorno de los montes de utilidad pública y montes comunales, cerca de las captaciones de agua y fuentes o de los Bienes de Interés Cultural y yacimientos arqueológicos.