Durante los meses de julio, agosto y septiembre, la época de peligro alto de incendios en Castilla y León, sigue permitido el uso de ahumadores en el desempeño de la actividad apícola en los montes y su franja perimetral de 400 metros, pero con una serie de condiciones que recuerda COAG. Entre ellas, que el asentamiento cuente con una franja de cortafuegos perimetral libre de vegetación susceptible de propagar el fuego, de al menos tres metros de ancho. El apicultor deberá contar con una mochila extintora con16 litros de agua como mínimo y un extintor tipo ABC. El ahumador debe portarse en un recipiente metálico con un mecanismo hermético que facilite su extinción definitiva una vez concluida su actividad. Además, el ahumador deberá encenderse dentro del citado recipiente y permanecerá en él siempre que no esté siendo utilizado. La Junta puede poner restricciones en circunstancias climáticas especialmente adversas.