El Ayuntamiento de Andavías podrá resolver el corte de suministro de agua a un vecino por el impago de cuotas "cuando existan dos recibos consecutivos impagados y previo trámite de audiencia al interesado por plazo mínimo de diez días" sin que "ello de derecho a indemnización de ningún tipo al usuario del servicio". Así lo estipula la nueva ordenanza reguladora de la tasa de suministro de agua aprobada y puesta en vigor por la Corporación Municipal que preside Antonio Iglesias Martín, tras pasar la exposición publica sin que se presentase ninguna alegación.

La nueva normativa constituye el hecho imponible de la tasa de la prestación del servicio de distribución de agua potable, los derechos de enganche y la colocación y utilización de contadores. Tendrán la consideración de sujeto pasivo contribuyente las personas físicas y jurídicas que se beneficien del servicio y sujeto pasivo sustitutos del ocupante o usuario de las viviendas o locales el propietario de los inmuebles.

La cuota tributaria tendrá dos conceptos diferentes, uno de ellos fijo, que se pagará una sola vez al comenzar la prestación del servicio, o cuando se reanude después de haber sido suspendido por falta de pago y otra causa imputable al usuario, y estará en función del diámetro de conexión a la red general. La cuota de enganche ascenderá a 200 euros.

El otro concepto será periódico y estará en función del consumo y se compondrá de dos partes, un tanto por cada metro cúbico de agua consumido según las tarifas vigentes en cada fecha en las que podrá señalarse un mínimo de consumo, o bien una cota de servicio; y un tanto fijo por lectura y conservación de contadores. El importe fijo por lectura y conservación de contadores será de 6 euros al semestre y el variable al aplicar al consumo de agua semestral una cuota de 1,20 euros por metro cúbico. Lecturas de contador, facturaciones y cobros serán semestrales.

La nueva normativa prevé bonificaciones: el Ayuntamiento, de oficio, aplicará una bonificación de 40 céntimos de euro en el concepto de consumo (importe variable) a todo sujeto pasivo que esté empadronado en Andavías.

Cuando no sea posible la obtención de una lectura por registrarse una anomalía en el contador en la fecha fijada para su lectura o se disponga de un sola lectura por invalidez de la anterior, por avería del contador, por no haber comunicado un alta nueva o cualquier otra causa similar, la estimación de consumos se realizará por similitud con otros inmuebles o actividades de similares características del municipio. Concretamente 30 metros cúbicos de agua semestrales por vivienda familiar en casco urbano, y 50 euros cuando se trate de viviendas o solares con jardín, césped, huertos o similares o únicamente estos últimos. En explotaciones ganaderas, industriales o similares se tendrá en cuenta el consumo del semestre anterior.

En junio de 2018 la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Duero autorizó el aprovechamiento de aguas subterráneas para una población de alrededor de 470 habitantes (en verano suelen rondar los 900), por cincuenta años, hasta el 12 de junio de 2068. El volumen máximo anual otorgado fue de 59.143,70 metros cúbicos y el caudal máximo instantáneo de 7,72 litros por segundo. Durante décadas Andavías se abasteció de agua del embalse del Esla.

En lo referente a los consumos el otorgamiento mayor corresponde con 7.812 metros cúbicos de agua mensuales para julio y agosto, bajando a 5.754 en el mes compartido por la primavera y el verano (junio) y al compartido por el verano y el otoño (septiembre). En teoría los meses con un menor consumo serían con 3.984 metros cúbicos en cada caso: abril y noviembre.