Las organizaciones agrarias requirieron además de la Administración regional que "el Patronato del Parque vele por la protección de los derechos de los vecinos y vecinas de los pueblos, y se defiendan sus intereses dentro de este entorno natural". Respecto a este punto la contestación de la Administración regional es que "los derechos de los vecinos quedan plenamente garantizados y no se verán vulnerados por normas restrictivas derivadas de su residencia en un espacio protegido".

Por el contario, las sesiones del Patronato no serán públicas, en contestación a la alegación de su celebración al público que pedían las organizaciones al no tratarse para la Junta de "consejos abiertos" y tener una "amplia representación" social.

La Alianza UPA-COAG considera "muy positivo" que la Junta de Castilla y León haya admitido la alegación de la organización agraria de incluir un representante de las asociaciones de cazadores con implantación en la comarca, en la creación del `Patronato del Parque Natural de Lago de Sanabria y Sierras Segundera y de Porto´. También habrá representación de un representante de los centros docentes públicos de la comarca, junto con un representante de la Federación de Montaña de la región.

A las alegaciones sobre incoherencias de proponer medidas de integración y creación de "sentimiento de propiedad común" entre la población del parque frente al Patronato que solo es un órgano colegiado y consultivo para la participación de la sociedad en su gestión.

El término gestión se interpreta, por parte de la Junta, como "el conjunto de acciones y medidas para garantizar el aprovechamiento ordenado" en base a los objetivos de conservación y de obligación legal.

La expresión de "sentimiento de propiedad común" no tiene connotaciones de posesión sino de trasladar la importancia del patrimonio natural a la población de la zona. La organización UPA-COAG alegaba en este punto "adoctrinamiento" por parte de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente.

No se admite ninguna de las alegaciones sobre elección del presidente del Patronato, rotación de la sede entre los Ayuntamientos ni que los acuerdos que se adopten sean ejecutivos.