La Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad informa de que "con el fin de evitar desplazamientos innecesarios e inconvenientes al ciudadano, los informes de aptitud psicofísica para tener y usas armas y para prestar servicios de seguridad privada, regulados en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, tienen una validez nacional".

La Dirección General de la Guardia Civil señala que es un cambio normativo que se realiza para que exista coherencia con la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, que traspuso la Directiva del Parlamento Europeo y Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, establece como régimen especial el de dicha libertad de acceso en todo el territorio español.

La previsión de que el centro de reconocimiento haya de radicarse de la provincia del domicilio de solicitante no resulta ya exigible, pudiendo el solicitando obtener el informe de aptitudes psicofísicas en cualquier centro ubicado en el territorio español.

Existe además la obligación de traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera del territorio de la comunidad autónoma.