El Ayuntamiento de Muelas del Pan, así lo estipula la normativa, "en los supuestos de incumplimiento de las obligaciones y de existencia racional de riesgo por peligrosidad de incendio o infección comprobada, podrá proceder a la adopción de aquellas medidas protectoras y correctoras urgentes e imprescindibles que se considere oportuno".

Entre esas medidas destaca "la subrogación en el incumplimiento por parte de los propietarios de sus obligaciones, pudiéndose efectuar los trabajos y limpiezas necesarias mediante su ejecución subsidiaria, con medios propios del Ayuntamiento o contratación externa, pasándole las costas de tales trabajos a su obligados con el coste establecido en la ordenanza fiscal". En estos casos se ha establecido con carácter oficial un coste general de 1,29 euros, más impuestos, por cada metro cuadrado de superficie limpia, desbrozada o saneada, incluida en su caso la eliminación o reciclaje del material desbrozado.

Las acciones u omisiones que infrinjan la normativa municipal generarán responsabilidad de naturaleza administrativa, sin perjuicio de la exigible en vía penal o civil en que puedan incurrir los responsables. En el incumplimiento de las órdenes de ejecución por razones de salubridad, higiene y ornato serán responsables las personas que tengan el dominio útil y, subsidiariamente, los propietarios de los terrenos. En órdenes de ejecución por razones de ocupación del dominio público y sus restitución serán responsables los titulares de la licencia urbanística. Las infracciones serán sancionadas en función de su gravedad de 1.501 a 3.000 euros las muy graves, de 751 a 1.000 las graves y hasta 750 las consideradas leves.